Consultas laborales

Doble Indemnizacion
¿Qué me corresponde si me despiden después del 1/01/2022 según el Decreto 886/2021 que redujo la doble indemnización? Derecho Laboral
A partir de enero del 2022 la doble indemnización se ira reduciendo gradualmente, en periodo de 2 meses, hasta concluir el 1 julio del 2022.
- desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022 se aplicará un incremento equivalente al 75% del monto de la indemnización correspondiente.
- a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 se aplicará un aumento 50% del monto de la indemnización que corresponda.
- desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022 se aplicará un incremento 25% del monto de la indemnización correspondiente.
ARTÍCULO 2º.- En el caso de despido sin causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) del monto de la misma, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.
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Legislación Laboral

- Decreto 886/2021 Emergencia Pública en Materia Ocupacional
- Decreto 413/2021. Prohibición de despido hasta el 31 de diciembre de 2021.
- DNU 487/2020. Prórroga de la prohibición de despidos por 60 días
- Reingreso del trabajador. Deducción de las indemnizaciones percibidas. Art. 255. Ley de Contrato de trabajo.
- Resolución 359/2020 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
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