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Servicio Domestico / Casas de familia
Despido en Servicio Domestico / Casas de Familia. Que me corresponde?
Despido en Servicios Domestico, corresponde que el empleador pague:
1) Sueldo proporcional, por los días trabajados hasta el despido.
2) Antigüedad, UN (1) mes de sueldo (el mejor sueldo bruto del último año, sin vacaciones y aguinaldo) por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor. Se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente.
3) Preaviso, diez días de sueldo para el caso que omitiera preavisar, y treinta días si la antigüedad es mayor a 1 año.
4) SAC (aguinaldo) sobre Preaviso.
5) Integración mes de despido. En el caso que se produjera el despido sin
preaviso y en una fecha que no coincida con el último día del mes, deberá abonar el sueldo que resta hasta que termine el mes.
6) SAC (aguinaldo) sobre integración mes de despido (integración mes de despido divido 12)
7) Aguinaldo o SAC, proporcional por el periodo trabajado. (el sueldo dividido 12 y multiplicado por los meses trabajado en el semestre desde Enero a Junio, o desde julio a Diciembre).
8) Vacaciones, proporcional por el periodo trabajado. ( dividir el sueldo en 25 y multiplicarlo por los días de vacaciones, 14 días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera mayor de seis 6 meses, 21 días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a 5 años, 28 días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a 10 años y 35 días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a veinte 20 años.)
9) SAC (aguinaldo) sobre Vacaciones. (Vacaciones divididas 12)
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