Hacenos tu consulta ahora

Consultas laborales

Despidos

¿Con cuanta anticipación se debe preavisar la renuncia laboral ?¿me deben preavisar el despido ? ¿Qué ocurre si no se cumple con los plazos?

El contrato de trabajo no podrá ser disuelto por voluntad de una de las partes, sin previo aviso, o en su defecto, indemnización además de la que corresponda al trabajador por su antigüedad en el empleo, cuando el contrato se disuelva por voluntad del empleador.

El preaviso deberá darse con la anticipación siguiente:

a) por el trabajador, de 15 días.

b) por el empleador, de 15 días cuando el trabajador se encontrare en período de prueba.

c) por el empleador, de 1 mes cuando el trabajador tuviese una antigüedad en el empleo que no exceda de 5 años.

d) por el empleador, de 2 meses cuando el trabajador tuviese una antigüedad en el empleo que fuere superior de 5 años.

La parte que omita el preaviso o lo otorgue de modo insuficiente deberá abonar a la otra una indemnización substitutiva equivalente a la remuneración que correspondería al trabajador durante los plazos señalados.

La notificación del preaviso deberá probarse por escrito.

 

Ante cualquier duda, podes consultar a un abogado laboral por WhatsApp.  

 

 

Consultenos

Haganos su consulta de manera gratuita. Complete nuestro formulario. » Realizar consulta
Llamenos al:
(011) 15 62332233. Urgencias.

Otras consultas

ver mas (+)
Urgencias: 15 66959357
Haga su consulta por Whatsapp al 011-62332233

Conocé tu derecho en twitter

Conocé tu derecho en facebook

Enviar por mail

Tu nombre
Tu mail
Nombre del destinatario
Mail del destinatario
Comentario (opcional)
Ingrese el codigo
Código de seguridad
Hacenos tu consulta ahora