Consultas laborales
Tipos de contratos
¿Cuándo se configura una subcontratación de trabajadores? ¿Qué ocurre si cumplo tareas en una empresa diferente a la del empleador que me paga la remuneración?
Los cedentes, contratistas o subcontratistas deberán exigir además a sus cesionarios o subcontratistas:
(i) el número del CUIL -Código Único de Identificación Laboral- de cada uno de los trabajadores que presten servicios y la constancia de pago de las remuneraciones.
(ii) copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de la seguridad social
(iii) una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular
(iv) una cobertura por riesgos del trabajo.
Esta responsabilidad del principal de ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que tienen los cesionarios o subcontratistas respecto de cada uno de los trabajadores que presten servicios, no podrá delegarse en terceros y deberá ser exhibido cada uno de los comprobantes y constancias a pedido del trabajador y/o de la autoridad administrativa.
El incumplimiento de alguno de los requisitos hará responsable solidariamente al principal por las obligaciones de los cesionarios, contratistas o subcontratistas respecto del personal que ocuparen en la prestación de dichos trabajos o servicios y que fueren emergentes de la relación laboral incluyendo su extinción y de las obligaciones de la seguridad social.
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Legislación Laboral
- Decreto 886/2021 Emergencia Pública en Materia Ocupacional
- Decreto 413/2021. Prohibición de despido hasta el 31 de diciembre de 2021.
- DNU 487/2020. Prórroga de la prohibición de despidos por 60 días
- Reingreso del trabajador. Deducción de las indemnizaciones percibidas. Art. 255. Ley de Contrato de trabajo.
- Resolución 359/2020 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL