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Consultas laborales

Despidos

Te pusieron en blanco, pero con una fecha posterior a tu real fecha de ingreso ¿Cuál es tu derecho?

Tenés el derecho a reclamar que te registren con la real fecha de ingreso y que te abonen los aportes por el período que trabajaste sin registración, como también diferencias salariales, vacaciones o aguinaldos por el período no prescrito, bajo apercibimiento de considerarte injuriado y despedido con derecho al cobro de las indemnizaciones establecidas en el derecho laboral.

La intimación debe ser redactada por un abogado laboralista. Se efectúa mediante telegrama laboral, en el que se intima al empleador a que, en el plazo de 48 hs, responda si procederá a registrar correctamente la relación laboral. Si se niega o mantiene silencio ante las intimaciones, se considera un incumplimiento grave a la ley de contrato de trabajo (injuria laboral). Esto habilita a considerate despedido en forma indirecta, teniendo el derecho a reclamar las indemnizaciones establecidas por ley. (Indemnización por despido, preaviso, integración mes de despido, vacaciones, aguinaldo, diferentes multas, y la entrega del certificado establecido en el art 80 LCT).

Es importante advertir que en la mayoría de los casos en que se intima al empleador a que regularice la relación laboral, estos se niegan, lo que significa la finalización de la relación laboral. 

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