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¿El despido puede ser informal o requiere un formalismo?
El despido en principio es un acto informal, que puede manifestarse verbalmente o por escrito (por telegrama, por carta documento) o inclusive surgir de un comportamiento inequívoco de alguna de las partes (por ejemplo, la negativa de trabajo). Pero, en el caso de despido con preaviso y de despido con justa causa, es requisito ineludible la forma escrita.
Esto significa que para poder invocar el preaviso o la causa que motiva el despido y por tanto eximirse de pagar las indemnizaciones correspondientes (en el caso del empleador) o exigirlas (en el caso del trabajador) necesariamente debe habérselo efectuado por escrito.
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