Convenio Colectivo Nº 56/75, industria de la carne obreros y empleados
CONVENIO COLECTIVO
CONVENIO COLECTIVO 56/75
APLICACIÓN: DESDE EL 1/6/75 AL 31/5/76(1)
CAPÍTULO I
PERÍODO DE VIGENCIA Y ÁMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL
Art. 1 - La vigencia de esta convención colectiva se extenderá desde el 1 de junio de 1975 hasta el 31 de mayo de 1976.
Art. 2 - Las disposiciones que integran esta convención colectiva serán de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y comprenderán a las entidades y personas que se anuncian seguidamente:
a) las empresas y/o establecimientos dedicados al faenamiento de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y/o menor o a la industrialización de productos cárneos;
b) los obreros y empleados sin cargo jerárquico que presten servicios en relación de dependencia con las empresas a que se refiere el inciso anterior, dentro del perímetro de los respectivos establecimientos industriales o en sus sucursales, depósitos y demás dependencias, con excepción de las llamadas "casas centrales" cuando funcionen fuera del perímetro del establecimiento;
c) al personal que se desempeñe como corredores y/o vendedores y como camioneros o acompañantes, ya se trate de transportistas locales, de corta, media o larga distancia.
Queda excluido el personal de supervisión, técnico y de vigilancia.
Art. 3 - Esta convención se aplicará también a las empresas o establecimientos o sectores de establecimientos dedicados a la producción de embutidos y fiambres, genéricamente conocidas como plantas de "chacinados" y a todo el personal comprendido de acuerdo al artículo 2º cuando estén fuera de la Capital Federal y de un radio de sesenta kilómetros computado desde la misma. Cuando estos establecimientos o los sectores correspondientes formen parte de las empresas que se rigen por esta convención, será aplicada en todo el territorio nacional.
CAPÍTULO II REGIMEN DE CATEGORÍAS
PROFESIONALES Y CLASIFICACIÓN DE TAREAS
Art. 4 - El personal comprendido en la presente convención colectiva queda incluido en la categoría profesional correspondiente, conforme a los clasificadores de tareas que forman parte integrante de la misma y que se agregan como Anexo A. Dichos clasificadores son los anteriormente vigentes y se mantienen a título provisional. La Comisión Paritaria Central, en el término de noventa días, computado desde la fecha de suscripción del presente convenio, procederá a elaborar un clasificador único en el que contemplará en lo posible los casos especiales inherentes a la magnitud de los establecimientos y establecerá las normas de aplicación que sean menester. Los efectos del clasificador que se elabore se tendrán por producidos desde la fecha de su sanción.
Las nuevas tareas que se creen a partir de la fecha en que entre en vigencia esta convención, así como aquellas que den lugar a interpretaciones diferentes, serán clasificadas por la Comisión Paritaria Central, respetándose la asignación provisoria que efectúe la dirección de las empresas, sin perjuicio del reajuste que pudiera corresponder ante la asignación definitiva.
CAPÍTULO III REGIMEN DE PROMOCIONES
Art. 5 - El trabajador que se desempeñe en una tarea de mayor clasificación que la propia por más de tres meses consecutivos y durante más del cincuenta por ciento de las horas de trabajo de esos tres meses, adquirirá automáticamente la categoría mayor en forma definitiva. Cuando el reemplazo se deba a licencias gremiales, servicio militar, accidente, enfermedad, vacaciones y/o maternidad, la adquisición automática de la categoría se operará transcurridos seis meses.
Art. 6 - La cobertura de vacantes creadas por egresos, ampliación de dotación o cualquier otra causa deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 90 del régimen legal que regula el contrato de trabajo. A tal efecto, el empleador abrirá un registro permanente de aspirantes propios o extraños al establecimiento. Producida la vacante, el empleador deberá realizar su cobertura con algunos de los inscriptos en el registro, estando obligado a preferir, en igualdad de condiciones, a los trabajadores del propio establecimiento, y entre éstos a los que posean la categoría profesional más cercana a la del cargo a ocupar. Igual derecho de preferencia tendrán los eventuales o temporarios respecto de los cargos efectivos y de prestación continua. El registro de aspirantes y las inscripciones que en él se efectúen serán publicitadas en las pizarras del establecimiento y las promociones en la misma forma o informados por la oficina de personal y simultáneamente comunicados por escrito a la organización sindical respectiva, por intermedio de sus representantes en la comisión paritaria local. En la determinación de los resultados se tendrá en cuenta la aptitud físico-técnica del aspirante y su idoneidad, así como su dedicación, iniciativa y aquellos antecedentes de orden disciplinario que se refieren estrictamente a la prestación del servicio sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 75 del régimen legal citado. Se prescindirá por completo de todo antecedente o circunstancia de índole política o sindical.
CAPÍTULO IV REMUNERACIONES Y BONIFICACIONES
Art. 7 - El salario de los trabajadores de la carne es el que se consigna en las tablas que constituyen el Anexo B (2), el que forma parte integrante de esta convención colectiva. Dicho salario incluye el importe de las bonificaciones correspondientes a la antigüedad, así como los aumentos dispuestos por el decreto-ley 19220/71, ley 20517 y decretos 1012/74, 1448/74, 572/75 y 796/75 y los convenidos localmente y los pactados interindividualmente, excluyendo los adicionales de índole funcional a que se refiere el artículo 11. La participación del Ministerio de Trabajo en esta convención, sirve para salvar el condicionamiento establecido por el artículo 155 de la ley 20744. En consecuencia, las asignaciones por salario familiar, vacaciones, licencias pagas, se liquidarán en un solo recibo, juntamente con el haber salarial.
Art. 8 - Cuando un trabajador sea ocupado en una tarea de menor clasificación que la propia continuará percibiendo el jornal que corresponda a su categoría profesional. Cuando fuere ocupado en una tarea de mayor clasificación percibirá la remuneración correspondiente a la misma durante todo el tiempo en que la desempeñe.
REMUNERACIONES VINCULADAS A LA
PRODUCTIVIDAD Y MÉTODOS PARA LOGRAR EFICIENCIA Y CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN
Art. 9 - Lograr un alto nivel de eficiencia, productividad y calidad constituye uno de los propósitos del presente convenio. A tal efecto, podrán propiciarse sistemas de remuneración basados en la productividad debiendo sus modalidades ser establecidas de común acuerdo en la Comisión Paritaria Local y comunicados a la Comisión Paritaria Central para su información. El incumplimiento de estos requisitos vedará a las empresas poner en práctica tales sistemas, salvo el supuesto previsto en el último párrafo de este mismo artículo. En aquellos establecimientos o secciones donde se haya establecido el trabajo "a destajo" o "a premio", cuando deba llevarse a cabo una producción no tarifada y no se logre acuerdo en sede local, los trabajadores estarán obligados a realizar el trabajo de que se trate, rigiendo provisoriamente las tarifas o primas propuestas por el empleador. En tal caso, la Comisión Paritaria Local, cuando cualquiera de las partes considere agotada la negociación, elevará de inmediato las actuaciones a la Comisión Paritaria Central para que ésta resuelva el diferendo. Si en el término de diez días a partir de la recepción de los antecedentes la Comisión Paritaria Central tampoco formara decisión, las partes elevarán sus respectivos informes y la cuestión se someterá al voto decisorio del funcionario que la presida, el que deberá pronunciarse por resolución fundada dentro de los cinco días de notificado. Tanto la decisión de la Comisión Paritaria Central como, en su caso, el voto del presidente, serán inapelables y de cumplimiento obligatorio, debiendo, eventualmente, reajustarse a las tarifas y premios ya abonados y los que deban abonar posteriormente del modo que resulte de la resolución.
Art. 10 - Para que puedan establecerse sistemas de remuneración basados en la productividad, deberán ajustarse a las
siguientes pautas:
a) determinar una base de producción estimada como normal, cuya realización deberá bastar para que cada trabajador obtenga una remuneración no inferior a la correspondiente a su categoría profesional en una jornada normal y que considerará la producción exigible;
b) establecer las tarifas o primas en relación con la categoría profesional de cada trabajador, conforme a la clasificación de tareas que integra esta convención (1);
c) determinar el límite máximo de productividad posible.
Art. 11 - Los sistemas de remuneración basados en la productividad actualmente en uso, que no se adecuen a las disposiciones precedentes, deberán ser modificados y ajustados a las mismas en el plazo máximo de noventa días a partir de la fecha en que entre en vigencia esta convención. Mientras tanto, las primas, premios y/o tarifas de destajo inherentes a aquellos sistemas, que estuvieren vigentes al 31 de mayo de 1975, se incrementarán en un 80% (ochenta por ciento), con excepción de las que consistieran en una relación porcentual referida al salario. Aquellos destajistas que a la misma fecha percibían lo correspondiente a las tarifas convenidas, con más los importes fijos mensuales resultantes del decreto-ley 19220/71, ley 20517 y decretos 1012/74, 1448/74, 572/75 y 796/75 continuarán percibiendo dicho monto fijo incrementado en un 80%. Ello sin perjuicio de que las partes, localmente, puedan acordar la incorporación de lo percibido en tal concepto a los nuevos valores que, en el futuro, eventualmente se establezcan. En igual proporción se incrementarán los valores vigentes al 31 de mayo de 1975 de los adicionales de índole funcional acordados con carácter general que hubiesen sido instituidos antes del 1 de junio de 1973 para tareas o sectores de trabajo determinados.
CAPÍTULO VI BONIFICACIONES ESPECIALES
Art. 12 - Los adicionales que las empresas abonaban hasta el 31 de mayo de 1975 en concepto de trabajo en ambientes cuya temperatura sea de 0° o menos, se incrementarán en un 80%, no pudiendo el nuevo monto ser menor de $ 0,43 por hora efectivamente trabajada en esas condiciones. Los adicionales por otras temperaturas que, al 31 de mayo de 1975, se estuvieren abonando, se incrementarán en un 80% sobre los valores vigentes a la misma fecha.
Art. 13 - El personal que preste servicios durante más del 50%, como mínimo, del tiempo trabajado en la quincena, en
ambientes cuya temperatura exceda de 37° percibirá una bonificación de $ 0,47 por hora, según determinación que efectuará la Comisión Paritaria Local con arreglo a las condiciones que a continuación se indican. La Comisión Paritaria Local deberá establecer respecto de cuáles secciones o trabajos se aplicará esta bonificación, teniendo en cuenta:
a) que esa temperatura interior sea producida por la naturaleza de los trabajos y los elementos utilizados;
b) que exceda de la temperatura media mensual de la zona en que esté ubicado el establecimiento por lo menos 5°.
Art. 14 - A los cobradores, pagadores, corredores de cobranzas, repartidores o cajeros, que reciban dinero en efectivo del público y/o clientes, se les acordará un adicional de acuerdo a las escalas que se detallan: hasta $ 21.600 les corresponden $ 16,92; de $ 21.601 hasta $ 54.000 les corresponden $ 25,38; de $ 54.001 hasta $ 108.000 les corresponden $ 67,66; de $ 108.001 hasta $
216.00 les corresponden $ 112,79, y de $ 216.001 en adelante les corresponden $ 163,53; estos valores se entienden en pesos ley 18188 y están referidos a períodos mensuales. El empleador deberá otorgar obligatoriamente recibo por todo valor que le sea entregado.
Art. 15 - El personal de guardia afectado a turnos rotativos que debe atender las labores de mantenimiento y/o producción, percibirá una bonificación equivalente al 15% de su remuneración total quincenal, como compensación de las modalidades especiales de su labor, consistentes en la prestación de servicios en días sábados después de las 13 horas, domingos, feriados nacionales y cambios de turno. Su ausencia injustificada, en los días aludidos, causará la pérdida de la parte proporcional del importe quincenal resultante de esa bonificación. Las empresas que a la fecha tuvieren un sistema de compensación especial para este personal, aplicarán el más favorable al trabajador.
Art. 16 - El trabajador que deba prestar servicios fuera de su lugar habitual, en forma ocasional, por un lapso superior a 15 días corridos, y que le implique fijar su residencia fuera de su domicilio particular, percibirá una bonificación del 50% de su remuneración. Esta bonificación es adicional al importe que corresponda por viáticos.
PREMIO POR ASISTENCIA
Art. 17 - Todo personal que trabaje el ciento por ciento de las horas hábiles de cada quincena conforme a la modalidad de la sección de cada empresa, percibirá como premio a la asistencia la suma de $ 100 por quincena. No se considerará falta a los efectos de la percepción de este premio los siguientes casos: goce de vacaciones anuales y licencias establecidas por ley; ausencias autorizadas por falta de trabajo; día del trabajador de la carne; ausencia por ser dador de sangre, conforme artículo 55, inciso c), y licencias por fallecimiento de un familiar de primer grado o cónyuge. Aquellas empresas que, por convenio debidamente homologado, tuvieran dicho premio establecido con el requisito de puntualidad, mantendrán esa estructura.
CAPÍTULO VIII GARANTÍA HORARIA
Art. 18 - Las empresas abonarán a su personal obrero un importe mínimo quincenal de horas de trabajo según lo tengan convenido y aplicado cada una de ellas para sus respectivos establecimientos. Ello, no obstante, la cantidad de horas garantidas en ningún caso será inferior a setenta quincenales, de modo tal que en aquellos establecimientos que hubieren aplicado un número inferior, éste queda elevado a dicho mínimo a partir del 1 de junio de 1975. Se da por entendido que la remuneración del trabajador con garantía establecida por cabezas o por piezas no será en ningún caso inferior a la que le corresponda por la aplicación del régimen de garantía horaria. Esta garantía horaria se abonará sobre la base de los jornales básicos establecidos en la respectiva tabla salarial. Los feriados nacionales obligatorios y pagos que determinan las reglamentaciones legales, no serán incluidos a los efectos de determinar los cómputos de garantía quincenal. Tampoco se incluirán los importes correspondientes a horas extras, ya fueren trabajadas en días hábiles, sábados por la tarde, domingos o feriados nacionales contra la garantía horaria quincenal ni los recargos correspondientes a las mismas. Por el contrario, serán considerados como tiempo trabajado a efecto de computarlos contra la garantía, los ocho minutos que establecen las disposiciones legales para el trabajo nocturno y los veinte minutos por hora para las tareas insalubres. El personal mensualizado incluido en este convenio se regirá por la legislación vigente a los efectos del pago de la garantía horaria.
En los frigoríficos total o parcialmente zafreros, se mantendrá el número de horas actualmente garantidas y su forma de computarlas y liquidarlas con la siguiente aclaración: al iniciarse la zafra la garantía horaria se aplicará a medida y en la fecha en que el personal tome trabajo, en su respectiva sección. Al terminar la zafra los beneficios de la garantía irán cesando en la medida y en la fecha en que el personal egrese de su respectiva sección. El monto de los salarios que perciban los trabajadores en concepto de garantía horaria no podrá ser inferior al importe establecido en el decreto 1639/75, artículo 4º, o al que en el futuro se establezca por igual concepto.
Lo convenido en esta cláusula será tenido por reglamentación válida, en lo pertinente, de lo dispuesto sobre la materia por la legislación que a ella se refiere.
CAPÍTULO IX REMUNERACIÓN DE LA ESPECIALIDAD
CORREDORES
Art. 19 - Se denomina "corredores" al personal que tiene a su cargo la oferta de los productos que las empresas elaboran y/o venden para consumo en el país. Su remuneración se compondrá de un "básico", más una parte variable denominada "comisión" que será diferenciada con respecto a "ventas" y "cobranzas" en aquellos casos en los cuales se cumplan ambas tareas.
Art. 20 - El "básico" será convenido entre cada empresa y la representación sindical respectiva. Dicha remuneración no será inferior a $ 2.700 mensuales, con más los diferenciales por antigüedad según surge de la tabla salarial correspondiente a "empleado de sexta categoría" contenida en el Anexo B (2), o sea $ 80 mensuales cada dos años.
Art. 21 - Los corredores que a la vigencia de esta convención colectiva estén en relación de dependencia, percibirán en concepto de "básico" el monto fijo que cada uno de ellos percibía al 31 de mayo de 1975 con más el importe que resulte de incrementar en un 80% el promedio mensual de todo lo percibido en el semestre que finalizó en la fecha indicada en concepto remuneratorio excluido el sueldo anual complementario. Esta nueva remuneración "básica" en ningún caso será inferior a la señalada en el artículo anterior. Los adicionales por antigüedad tal como surgen de la tabla salarial de "empleado de sexta categoría", se adicionarán a la remuneración "básica".
Art. 22 - Las comisiones, régimen de viáticos y compensaciones por uso de vehículo propio, serán también convenidas entre la empresa y la representación sindical respectiva.
Art. 23 - En el caso que, sumados el "básico" y la remuneración resultante de "comisiones" no se alcanzara la remuneración de un empleado de "sexta categoría" con el máximo de antigüedad, los corredores percibirán el importe que corresponda a la misma.
Art. 24 - Las empresas ajustarán su actuación a lo estipulado en lo específico, por la ley 14546 "ley de viajantes", sin perjuicio de lo que al respecto pueda convenirse localmente.
CAPÍTULO X REMUNERACIÓN DE LA ESPECIALIDAD
CONDUCTORES Y ACOMPAÑANTES DE LARGA DISTANCIA
Art. 25 - Los conductores que deban efectuar transporte de larga distancia, o sea, el que se efectúa hacia o desde un punto situado a más de 100 km. del lugar habitual de trabajo, percibirán como bonificación especial el importe de $ 0,24 (veinticuatro centavos) por cada kilómetro recorrido. El acompañante percibirá $ 0,12 (doce centavos) por igual concepto. Este adicional
sustituirá el pago de horas suplementarias independientemente de que tales horas hayan sido trabajadas o no en forma efectiva, naciendo el derecho a su percepción, por el hecho mismo de haberse efectuado el recorrido.
Art. 26 - La bonificación a que se refiere el artículo anterior, integra la remuneración a todo efecto y debe ser abonada
mensualmente y en forma conjunta con los demás rubros que la componen.
Art. 27 - El conductor y acompañante que deban efectuar transporte a larga distancia, percibirán también un viático especial, además del establecido con carácter general, equivalente a $ 0,10 por kilómetro recorrido, sin rendición de cuentas, cada uno.
CAPÍTULO XI
REGIMEN DE VIÁTICOS Y OTRAS EROGACIONES
Art. 28 - El personal que en razón de su actividad deba trasladarse a otro lugar que el habitual, percibirá el costo del transporte que dicho traslado le signifique.
Art. 29 - El personal que en razón de su actividad deba comer fuera de su lugar habitual, percibirá un monto de hasta quince pesos por desayuno o merienda, y de hasta sesenta pesos por almuerzo o cena, debiendo presentar los correspondientes comprobantes de gastos.
Art. 30 - El personal que en razón de su actividad deba pernoctar fuera de su domicilio particular, percibirá el importe que demande el correspondiente gasto de estadía, debiendo presentar los correspondientes comprobantes. Cuando la estadía excediera de cuatro días corridos, le serán reconocidos los gastos de limpieza de ropa. En los casos previstos por este artículo y los dos anteriores el trabajador podrá solicitar el anticipo de los fondos necesarios, sin perjuicio del reajuste que posteriormente deba efectuarse dentro de los límites establecidos y de conformidad con los respectivos comprobantes.
Art. 31 - Cuando el trabajador comisionado enferme o se accidente, sea o no necesaria su internación, la empresa soportará todos los gastos inherentes a su adecuada atención médica y los demás que se originen en la misma circunstancia. La necesidad de internación será establecida por un médico estatal o, en su defecto, por el que intervenga en el caso. Esta obligación deberá ser soportada por la empresa en la medida en que no pueda ser atendida por la obra social correspondiente, y sin perjuicio del derecho del empleador a ejercitar el contralor que estime pertinente. Asimismo, la empresa reconocerá y abonará los gastos que demande el traslado de un familiar al lugar donde se encuentre el trabajador enfermo o accidentado, su estadía y posterior regreso, en tanto que el estado del mismo lo requiera.
Art. 32 - Cuando el trabajador comisionado falleciere, el empleador soportará los gastos que demande el traslado de sus restos al lugar del domicilio y los que se originen en el traslado, estadía y regreso de hasta dos de sus parientes o personas encomendadas por éstos, a tal fin.
CAPÍTULO XII ACTUALIZACIÓN AUTOMÁTICA DE LAS
BONIFICACIONES Y COMPENSACIONES ESTABLECIDAS
Art. 33 - Los importes que deban abonarse por aplicación de lo establecido en los artículos 11, 13, 14, 17, 20, 21, 22, 25, 27 y 29 se reajustarán en la misma oportunidad y proporción en que se modifiquen los salarios establecidos en esta convención.
CAPÍTULO XIII JORNADAS Y DESCANSOS
Art. 34 - Las empresas fijarán y/o modificarán los horarios de trabajo dentro de los límites y modos de distribución autorizados por las leyes 11544, 20744 y decretos reglamentarios. Regirán además las siguientes especificaciones:
a) Observancia estricta de la pausa mínima de doce horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la otra.
b) A la hora de iniciación del respectivo turno, el personal deberá encontrarse en su lugar de trabajo en condiciones de comenzar la tarea y sólo podrá abandonarlo, dentro de su horario, con la autorización del supervisor.
c) El personal tendrá asegurado el tiempo necesario para atender las necesidades fisiológicas y fatiga, en cuanto a lo que se entiende por tal en los estudios de tiempo.
d) Los cambios de horario que resulten pertinentes, se harán saber al personal afectado con setenta y dos horas de anticipación cuando impliquen cambio de turno y serán comunicados a la Comisión Paritaria Local con la misma antelación. En casos de excepcional urgencia, motivados por circunstancias imprevisibles, este plazo podrá reducirse.
Art. 35 - El descanso compensatorio que deba otorgarse al personal que ocasionalmente preste servicios después de las 13 horas del día sábado y antes de las 24 horas del día domingo, se trate o no de horas suplementarias, será remunerado como una jornada normal. Exceptuase al personal comprendido en el artículo 15, excepto cuando éste, ocasionalmente, deba trabajar en el lapso de descanso semanal que le correspondiera como propio en razón de la modalidad especial de su prestación de servicios.
CAPÍTULO XIV ENFERMEDAD, ACCIDENTES Y MATERNIDAD
Art. 36 - En los casos de accidentes de trabajo que ocasionen incapacidad temporal, el trabajador afectado percibirá la totalidad de su remuneración desde la fecha del siniestro, y por el término de la ley.
Art. 37 - En el supuesto de controversia acerca de la asignación de tareas adecuadas, conforme al artículo 229 del régimen aprobado por la ley 20744, se estará a lo que dictamine, en calidad de árbitro, la autoridad médica oficial competente, la que deberá hacerlo, previa audiencia de los médicos del trabajador y de la empresa. Ello, sin perjuicio de que las partes establezcan de común acuerdo en sede local, el hospital regional o policlínico que dilucide la diferencia de opiniones en reemplazo de la autoridad médica oficial.
Art. 38 - En caso de enfermedad, el trabajador deberá dar aviso dentro de las cuatro horas de la iniciación del turno respectivo. Si la comunicación se efectuara personalmente, por sí o por interpósita persona, se le entregará constancia del aviso. Si la comunicación se efectuase por telegrama, éste deberá ser remitido dentro del lapso ya mencionado y, en todos los casos, suministrarse los datos necesarios para la identificación del enfermo y su domicilio, si no fuera el registrado en la empresa. La omisión del aviso no significará la pérdida del salario en tanto se acredite debidamente la enfermedad en los términos y condiciones del artículo 226 del régimen regulador del contrato de trabajo. El trabajador deberá hallarse en su domicilio cuando acuda el visitador médico, excepto en el caso de que hubiera debido ausentarse para su tratamiento, circunstancia que deberá acreditar. No obstante, si considerase estar en condiciones de asistir al consultorio médico de la empresa, así deberá hacerlo dentro del horario de funcionamiento del mismo. En los turnos que se inicien entre las 22 y las 4 horas, las notificaciones deberán hacerse antes de las 8 horas.
Art. 39 - El empleador podrá controlar las ausencias por enfermedad, pero si no lo hiciere, estará a lo que resulte del certificado expedido por el profesional consultado por el trabajador, conforme lo establece el artículo 227 de la ley 20744. Efectuado el contralor, y en caso de discrepancia, la misma será sometida al mecanismo arbitral previsto en el artículo 37. La opinión del médico enviado por el empleador deberá hacerse constar en un certificado que entregará al trabajador en el acto de examinarlo. Ambos certificados deberán contener como requisitos para su validez:
a) fecha de examen;
b) naturaleza de la dolencia o sintomatología;
c) en su caso, necesidad de guardar reposo con abstinencia de trabajo y lapso de aquél;
d) fecha de extensión del certificado;
e) firma y aclaración de profesional y matrícula.
Art. 40 - La trabajadora en estado de gravidez tendrá derecho a que se le acuerde un cambio provisional de tareas y/o de horario si su ocupación habitual perjudicare el desarrollo de la gestación, según certificación médica, sin mengua de su remuneración ni categoría profesional. En caso de discrepancia acerca de la asignación de tareas se procederá conforme a lo reglado en lo pertinente en el artículo 37.
Art. 41 - La trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos descansos de media hora de duración cada uno, para amamantar a su hijo, durante el transcurso de su jornada de trabajo y sin mengua de su remuneración.
CAPÍTULO XV
EQUIPOS E IMPLEMENTOS DE TRABAJO.
HIGIENE, SALUBRIDAD Y SEGURIDAD
Art. 42 - Las empresas suministrarán a todo su personal y sin cargo alguno, los equipos de trabajo que se especifiquen en este Capítulo. La ropa de trabajo y los elementos de seguridad y/o higiene que las empresas suministren serán de uso obligatorio por parte del personal involucrado a cuyo cargo estará la conservación e higiene de los mismos. Para los casos que se estime conveniente, las empresas podrán implantar sistemas especiales de limpieza para la indumentaria y/o elementos provistos, los que quedarán a cargo de las mismas. No será obligatoria la entrega de otra ropa de trabajo que la que corresponda a su función habitual, al personal que no realice tareas permanentes en los lugares en que se suministren aquéllas en forma general o por exigencias sanitarias. Los equipos dados de baja tendrán el destino que los usos y costumbres de cada establecimiento le tienen asignado. La cantidad de elementos a suministrar se ajustará a los que en cada caso se especifique.
Art. 43 - Equipo para personal que se desempeña en cámaras frías:
1.a) un par de botas de goma o un par de botas de cuero con abrigo, según temperatura, las que serán reemplazadas cada vez que su estado requiera;
b) tres pares de medias de lana cada seis meses o dos juegos de plantillas térmicas, que se entregarán juntamente y serán reemplazadas cada vez que su estado lo requiera;
c) un pasamontaña, el que será reemplazado cada vez que su estado lo requiera;
d) una tricota de lana sin mangas y una campera de paño impermeable cerrada y con cuello o, en sustitución de ambas prendas, un abrigo térmico similar al usado actualmente en los establecimientos Swift, los que serán reemplazados cada vez que su estado lo requiera;
e) dos juegos de pantalón y blusa, o mamelucos blancos, por año, que se entregarán juntamente;
f) guantes y/o manoplas con abrigo, que serán reemplazados cada vez que su estado lo requiera. Equipo para personal de mantenimiento:
2.a) dos juegos de pantalón y blusa por año, que se entregarán juntamente;
b) un par de botines con puntera reforzada.
Cuando se trate de soldadores -eléctrica o autógena- a lo indicado en los puntos a) y b) precedentes se agregará:
c) una campera de cuero;
d) un delantal largo de cuero;
e) guantes con mangas largas de cuero;
f) polainas de cuero.
Los elementos indicados en los cuatro incisos precedentes serán reemplazados cada vez que su estado lo requiera. Equipo para personal de producción:
3.a) dos juegos de pantalón y blusa o mamelucos y cofia blancos por año, que se entregarán juntamente;
b) un par de botas de goma, que se reemplazará cada vez que su estado lo requiera.
Equipo de trabajo para personal que se desempeñe en ambientes cuya temperatura sea de 0° a 12°C:
4.a) dos juegos de pantalón y blusa o mamelucos de tela gruesa de algodón, por año, que se entregarán juntamente;
b) dos pares de plantillas térmicas que se entregarán juntamente y se reemplazarán cada vez que su estado lo requiera;
c) un par de botas de goma que se reemplazará cada vez que su estado lo requiera.
Los equipos indicados deberán ser provistos en el plazo de sesenta días. Aquellas empresas que ya suministren total o parcialmente estos equipos, computarán los períodos de entrega a partir de la fecha de las últimas que, respectivamente, hubieran efectuado.
Art. 44 - En el caso de las tareas y/o secciones no mencionadas en el artículo precedente, las Comisiones Paritarias Locales determinarán la ropa que deberá ser provista por el empleador. De no poder formar decisión, se elevarán las actuaciones a la Comisión Paritaria Central para que decida, en definitiva.
Art. 45 - Las empresas también suministrarán sin cargo alguno la totalidad de las herramientas o implementos de trabajo que el personal necesite para cumplir adecuadamente su labor. Estos elementos serán reemplazados cada vez que ello corresponda de acuerdo con una estimación prudente y razonable de su vida útil contra entrega del usado. En las Comisiones Paritarias Locales podrá convenirse que el trabajador utilice determinadas herramientas de su propiedad. En los casos en que esta modalidad estuviese acordada, podrá mantenerse previo acuerdo sobre el monto de la compensación. El trabajador no estará obligado, aun mediando acuerdo local en tal sentido, a utilizar elementos de su propiedad.
Art. 46 - Los servicios médicos y los de guardería infantil que corresponda sostener a la empresa, se regirán por las normas hasta ahora aplicables a cada establecimiento. Todo ello sin perjuicio de la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a cada jurisdicción.
Art. 47 - Cuando las empresas sometan a los aspirantes a ingresar a un examen físico que implique gastos, los mismos serán por cuenta del empleador.
Art. 48 - La Comisión Paritaria Central está facultada para dictar resoluciones en miras a disponer la adopción de medidas tendientes a proteger la salud y/o seguridad de los trabajadores, ya sea con carácter general, o en particular para determinados establecimientos. A tal fin podrá, previo aviso, efectuar las inspecciones y pruebas que estime conducentes. Cuando no mediare acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, estará obligada a remitir las actuaciones respectivas al organismo competente del Ministerio de Trabajo de la Nación, con todos los antecedentes del caso, recabando de dicha autoridad la pertinente decisión. En su esfera, iguales facultades asisten a las Comisiones Paritarias Locales, las que en caso de desacuerdo deberán elevar las actuaciones a la Comisión Paritaria Central y ésta actuar de conformidad a lo establecido. Las disposiciones que se adopten en virtud de este artículo serán obligatorias para los empleadores y trabajadores comprendidos.
CAPÍTULO XVI
PRÉSTAMOS, TRANSFERENCIAS Y EGRESOS
Art. 49 - Cuando las circunstancias lo hagan necesario, las empresas podrán disponer préstamos y transferencias a otras secciones y/o tareas. A tal efecto, se procederá a trasladar primeramente al personal menos antiguo, computando la antigüedad dentro de cada categoría y en la sección, con excepción de los operarios iniciales y peones prácticos cuya antigüedad se computará solamente en la sección. Cuando se tratare de personal transferido o prestado a cámaras frías, será avisado el día anterior, salvo que el interesado consienta en ser trasladado en el día y siempre que, en este último caso, contare con el equipo adecuado. El personal de cámaras frías podrá ser trasladado de una cámara a otra o a cualquier otra sección sin previo aviso.
Art. 50 - Cuando fuere necesario efectuar cualquier clase de reducciones de personal por falta o disminución de trabajo, se computará, en todos los casos, la antigüedad total del mismo. El personal de hasta cinco años de antigüedad tendrá salida por sección. Se considerará por separado al personal administrativo. El personal obrero de oficio (medio oficiales, oficiales de primera y segunda y especializados) tendrá salida por oficio. Las excepciones al régimen descripto se establecerán en cada establecimiento con las normas que se hayan aplicado hasta el momento.
Art. 51 - El trabajador tendrá derecho a solicitar cambio de destino, sin mengua de su categoría ni de su remuneración, y su petición será atendida, en la medida de lo posible, conforme al orden de prioridades que resulta de la siguiente enumeración de causales:
a) Razones de salud propia.
b) Razones de salud de un miembro del grupo familiar que conviva con el trabajador.
c) Traslado del cónyuge.
d) Otras causales atendibles (estudios, etc.).
Cuando se trate de cónyuges que se desempeñen para el mismo empleador y uno fuera trasladado a otro establecimiento, la petición de traslado a igual destino del restante se concederá automáticamente.
Art. 52 - Las permutas solicitadas por trabajadores que realicen igual tarea en distintos establecimientos o turnos de trabajo, serán otorgadas por el empleador salvo negativa fundada. Es privativo de éste concederlas o denegarlas, cuando se trate de trabajadores de distinta categoría profesional, aun cuando pertenezcan a una misma especialidad. El trabajador trasladado en virtud de una permuta no podrá reiterar petición semejante durante el lapso de dos años, excepto que mediaren razones de salud propia o de un miembro de su grupo familiar. Los gastos de cualquier naturaleza que ocasione el traslado, serán por cuenta de los peticionantes.
Art. 53 - Cuando un trabajador sea trasladado en forma definitiva por orden de la empresa, y en condiciones que impliquen el cambio de su domicilio particular, deberá ser notificado con una anticipación mínima de treinta días y el empleador se hará cargo de los gastos que demande su traslado, el de su grupo familiar y el transporte de sus muebles y demás pertenencias. Durante los primeros treinta días de trabajo en el nuevo destino, se le abonará lo concerniente al régimen de viáticos anteriormente establecido. Todo ello sin perjuicio de las limitaciones consagradas por el artículo 71 del régimen aprobado por la ley 20744.
CAPÍTULO XVIII CONDICIONES ESPECÍFICAMENTE REFERIDAS
A LA ESPECIALIDAD "PERSONAL DE CARGA Y DESCARGA"
Art. 54 - El personal que trabaja en carga y descarga de barcos de ultramar, de cabotaje o lanchas, camiones o vagones, etc., deberá manipular todo tipo de productos que ingresen/egresen al/del establecimiento. Cuando no exista una labor específica para realizar podrá ser trasladado a otra sección y/o tarea, con las limitaciones y requisitos establecidos en esta convención y sin mengua de su remuneración real, incluidos los adicionales que correspondieran a su tarea habitual. Se aclara que el personal que efectúe tareas de carga y descarga en muelles y bodegas de barcos y/o lanchas -comúnmente denominados "estibadores"-, está comprendido en esta convención colectiva y su régimen de trabajo se subordinará a las normas estipuladas en la misma, o a las que en su consecuencia pudieran convenirse localmente o estuvieren ya acordadas.
CAPÍTULO XIX
LICENCIAS ESPECIALES Y OTROS BENEFICIOS
Art. 55 - Las empresas concederán al personal permisos pagos en los casos y durante los períodos que se detallan
seguidamente:
a) Cuatro días corridos en caso de fallecimiento de cónyuge o de la persona con la cual estuviera unido en aparente matrimonio, padres e hijos.
b) Dos días corridos, en caso de fallecimiento de hermano.
c) Un día hasta tres veces al año a los dadores de sangre; cuando el personal concurra a donar sangre deberá presentar los certificados correspondientes.
d) Por nacimiento de hijos, dos días corridos.
e) Por matrimonio, diez días corridos.
f) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos días corridos por examen, con un máximo de diez días por año calendario.
g) Por mudanza, un día por año calendario.
h) Por extracción dentaria, un día con certificación médica que así lo prescriba.
Art. 56 - El empleador venderá al trabajador los productos que elabore o venda al precio de venta mayorista, y en cantidad razonable para atender a sus necesidades familiares, y con las modalidades de entrega que fije cada establecimiento.
CAPÍTULO XX
DÍA DEL TRABAJADOR DE LA CARNE
Art. 58 - El 10 de junio de cada año "Día del Trabajador de la Carne", será considerado, a todo efecto, como incluido en el régimen de los feriados nacionales obligatorios.
CAPÍTULO XXI APORTES Y CONTRIBUCIONES
Art. 59 - Ratificase que, con el carácter de contribución sindical y en los términos del artículo 36 de la ley 20615, rige el aporte del 1/2% (medio por ciento) del total de la remuneración y a cargo de todos los trabajadores comprendidos, cuya retención se autorizara por resolución 14/75 de la Dirección Nacional de Asociaciones Profesionales. En consecuencia, la totalidad de los empleadores está obligada a retener el importe correspondiente y a depositarlo a la orden de la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados, en la cuenta corriente 560/9, del Banco Sindical S.A. La respectiva boleta de depósito será el único comprobante válido del cumplimiento de esta obligación, la que deberá efectivizarse dentro de los quince primeros días de cada mes.
Art. 60 - Mantienes en plena vigencia el mayor aporte preexistente destinado a la obra social de las asociaciones de primer grado que invistan la calidad de afiliados a la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados, el que se ajusta a lo dispuesto por los artículos 5º y 9º del decreto-ley 18610. En consecuencia, los empleadores retendrán a todo el personal un importe equivalente al 1 1/2% (uno y medio por ciento) del total de sus remuneraciones y lo depositarán dentro de los primeros quince días de cada mes en la cuenta que en cada caso indique la asociación de primer grado de que se trate. Aquellos empleadores cuyo personal carezca de organización sindical de primer grado que los represente o que, aun existiendo, no reúna las condiciones necesarias para percibir este aporte, ingresarán el importe respectivo a la orden de la Federación, en la cuenta bancaria 562/3 del Banco Sindical S.A., la que lo destinará a la finalidad expresada en beneficio de los trabajadores aportantes. La pertinente boleta de depósito será el único comprobante del cumplimiento de esta obligación.
Art. 61 - Establéese por única vez una contribución a favor de la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados a cargo de la totalidad de los trabajadores comprendidos en este convenio, consistente en la suma de $ 500. Los empleadores actuarán como agentes de retención de dicho importe, el que deberá retenerse de los haberes de la segunda quincena del mes que tenga lugar la homologación del presente convenio. Los importes retenidos deberán ser depositados a la orden de la citada Federación, dentro de los diez días de efectuada la retención en la cuenta corriente 560/9 del Banco Sindical
S.A. Esta contribución se establece en los términos del artículo 8º de la ley 14250 y con sujeción a lo dispuesto por el artículo 41 de la ley 20615.
CAPÍTULO XXII PROCEDIMIENTOS Y ORGANOS DE RELACION
Art. 62 - La Federación, las cámaras signatarias y las empresas que por sí suscriban el presente convenio, se obligan
recíprocamente a procurar el fiel cumplimiento de las disposiciones pactadas en lo que respecta a sus respectivos afiliados.
Art. 63 - En los establecimientos que cuenten con más de ciento cincuenta trabajadores podrá designarse hasta un delegado y un subdelegado del personal por cada ciento cincuenta trabajadores. La entidad sindical al efectuar las correspondientes notificaciones, precisará el ámbito comprendido por la representación otorgada y el término del mandato. En los establecimientos de hasta ciento cincuenta trabajadores se aplicará el sistema de representación previsto por las normas legales y reglamentarias vigentes.
Art. 64 - Los reclamos que creyere necesario efectuar el personal deberán ser formulados en primer término ante el supervisor inmediato. De no arribarse a una solución satisfactoria, podrá recurrir a su delegado para la posterior sustanciación del problema por la vía que corresponda. Es obligación de las empresas lograr que el personal de supervisión, en todos los niveles, advierta que su función incluye el deber de recibir tales reclamaciones y atenderlas respetuosamente, así como el de reconocer en todo momento y a todo efecto, en los delegados y autoridades sindicales, a los representantes legítimos del personal.
Art. 65 - En cada establecimiento funcionará una Comisión Paritaria Local, integrada como mínimo por dos representantes por cada parte hasta mil trabajadores, tres representantes desde mil unos hasta dos mil, cuatro representantes desde dos mil uno hasta tres mil y cinco representantes a partir de tres mil unos. Las empresas concederán licencia especial remunerada a uno de los representantes sindicales cuando el número de trabajadores del establecimiento exceda de doscientos y no pase de ochocientos y a dos cuando supere los ochocientos. Los restantes representantes sindicales no sufrirán mermas o descuentos referidos a su remuneración en razón de su asistencia a las reuniones de la Comisión Paritaria Local. Las partes podrán designar igual número de representantes suplentes que actuarán en reemplazo de los titulares cuando las circunstancias lo exijan. En su primera reunión la Comisión Paritaria Local designará los días y horas de sus sesiones ordinarias. Las extraordinarias se realizarán a pedido de cualquiera de las partes.
Art. 66 - La estabilidad especial establecida por la ley 20615 con relación a los representantes gremiales, se entenderá que comprende, sin perjuicio de los supuestos que dicha norma prevé, a los integrantes del Congreso, Comité Central Confederal y Consejo Directivo de la Confederación General del Trabajo. Asimismo, en los establecimientos cuyo personal carezca de organización sindical representativa, serán tenidos por representantes del personal, a todo efecto, los trabajadores que en ese carácter designe la Federación. En tal caso ésta deberá cumplimentar los requisitos que prescriban las normas aplicables y los designados gozarán de la garantía de estabilidad especial bajo el amparo de la personería gremial de la misma Federación.
Art. 67 - La Comisión Paritaria Local es esencialmente el órgano que expresa la comunidad de objetivos de ambas partes en cuanto al propósito de lograr el mejor desarrollo posible del proceso productivo, la armonía en las relaciones laborales y el bienestar de los trabajadores en ocasión y con motivo de su labor. Es también el órgano llamado a asegurar el cumplimiento de las disposiciones del presente convenio y a desempeñarse como auxiliar de las Autoridades de Aplicación en relación con sus cláusulas y con el conjunto de la legislación laboral. Tiene, además, la misión de solucionar todo conflicto que afecte la normalidad de las relaciones laborales y de abocarse al conocimiento de todas las cuestiones que específicamente el presente convenio incluye en su competencia.
Art. 68 - Las Comisiones Paritarias Locales disponen de todas las atribuciones necesarias para cumplimentar debidamente las finalidades especificadas en el artículo precedente. En consecuencia, las empresas deberán facilitar a las respectivas representaciones sindicales:
a) Un local adecuado, dentro del establecimiento, para el mejor cumplimiento de su cometido, en tanto las posibilidades materiales lo permitan.
b) Los muebles y útiles necesarios a esos fines, en su caso.
c) Cuando se suscitaren controversias en las relaciones laborales o se realicen inspecciones por la Autoridad de Aplicación en materia de trabajo, las empresas posibilitarán a los representantes paritarios el poder observar en forma directa el desenvolvimiento del trabajo y el cumplimiento de las normas convencionales y legales que lo regulan, quienes serán acompañados por las personas que la empresa designe.
d) Las empresas facilitarán en cada establecimiento y en lugar adecuado, un pizarrón para uso de los respectivos sindicatos. Todos los boletines, circulares, avisos, etc., no podrán ser colocados en otro lugar distinto de cada fábrica que en dicho pizarrón. Tales comunicados deberán emanar de la Federación o del sindicato local y referirse exclusivamente a temas inherentes a las relaciones laborales o actividades sociales desarrolladas por aquéllas, en términos que no afecten la recíproca consideración entre las partes.
Art. 69 - La Comisión Paritaria Central de la Industria de la Carne tendrá carácter de órgano permanente. Estará integrada por nueve representantes titulares y otros tantos suplentes por cada parte y la presidirá el funcionario que designe el Ministerio de Trabajo. Sus funciones serán, además de las que establece la ley 14250, las que le asigna esta convención, las de ejercer su mediación conciliatoria en los conflictos colectivos que pudieran suscitarse con motivo de la aplicación del presente convenio y/o que, en general, afectaren el normal desenvolvimiento de las relaciones laborales de la industria, actuando también como órgano de apelación en todas las cuestiones que fueren de competencia de las Comisiones Paritarias Locales y que no pudieran resolverse en el seno de las mismas, siempre que no se haya establecido un régimen decisorio especial. En el carácter últimamente indicado, su decisión será inapelable y de acatamiento obligatorio para todas las partes interesadas. La Comisión deberá ser convocada por su presidente toda vez que tenga asuntos a tratar, cuando cualquiera de las partes lo soliciten o cuando aquel funcionario lo estime pertinente. Los representantes sindicales titulares dispondrán de licencia especial por el término de sus mandatos y
percibirán normalmente sus remuneraciones a cargo de las respectivas empresas, rigiendo para los suplentes el mismo régimen establecido para los suplentes de las Comisiones Paritarias Locales cuando deban sustituir a los titulares. Cada representación podrá disponer de dos asesores con voz, pero sin voto y de igual número de asesores especiales cuando la naturaleza del tema a tratar lo aconseje. La Comisión Paritaria Central, en el término de noventa días, dictará su reglamento e instituirá un sistema decisorio que garantice la prontitud de sus pronunciamientos, previendo inclusive mecanismos arbitrales. Las decisiones que adopte en cumplimiento de esta cláusula se tendrán por incorporadas al convenio.
CAPÍTULO XXIII DISPOSICIONES GENERALES
Art. 70 - Los beneficios acordados en cada establecimiento, referidos a condiciones de trabajo, beneficios sociales,
remuneraciones, y cualquier otro aspecto de las relaciones laborales, originados en convenios locales, convenios generales preexistentes o decisiones unilaterales del empleador, que no queden expresamente absorbidos por lo dispuesto en esta convención, quedarán subsistentes con las modalidades y condiciones vigentes.
Art. 71 - El cambio de domicilio será comunicado por el personal al empleador dentro de los tres días hábiles de haberse producido, de manera tal que quede constancia de tal notificación a ambas partes.
Art. 72 - En el orden local se podrán establecer acuerdos complementarios del presente. Sin embargo, en caso alguno se vulnerarán las disposiciones de esta convención colectiva ni se disminuirán los beneficios y/o garantías que la misma acuerda a los trabajadores. El incumplimiento de esta condición ocasionará la nulidad de los acuerdos locales, en lo pertinente.
Art. 73 - Las empresas o establecimientos que comenzaren a operar en la actividad con posterioridad a la firma de esta convención colectiva deberán aplicar íntegramente sus disposiciones.
Nota: Se hace constar que debe tenerse por incorporado al artículo 18 de la convención colectiva concertada, el siguiente párrafo:
"Las empresas que anteriormente estaban comprendidas en el llamado convenio colectivo de la industria grande y que reconocían a su personal una garantía horaria quincenal de seis horas cuarenta minutos de lunes a viernes, y tres horas veinte minutos los días sábados, abonarán a partir de la fecha de vigencia de este instrumento convencional una garantía de ochenta horas quincenales."
VISTO:
HOMOLOGACIÓN DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO 56/75
La convención colectiva de trabajo celebrada entre la "Federación Gremial del Personal de la Carne y sus Derivados" con "Empresas Integrantes de la Industria de la Carne" correspondiente al período 1 de junio de 1975 al 31 de mayo de 1976, y ajustándose la misma a lo determinado por la ley 14250 y su decreto reglamentario 6582/54, el suscripto en su carácter de Director Nacional de Relaciones del Trabajo, declara homologada dicha convención de acuerdo a los términos del artículo 1º del decreto 7260/59.
Con referencia a lo establecido en los artículos 59, 60 y 61, los mismos se ajustarán a las normas legales vigentes.
En lo referente a lo establecido en el artículo 3º de la convención colectiva de trabajo, deberán exceptuarse aquellos trabajadores que estén legítimamente incluidos en otras convenciones.
Por tanto, por donde corresponda, tómese razón y regístrese la convención colectiva de trabajo obrante a fojas 284/319. Cumplido, vuelva al Departamento Relaciones Laborales Nº 6 para su conocimiento. Hecho, pase a la División Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos a fin de que proceda a remitir copia debidamente autenticada a la División General Control de Gestión -Departamento Publicaciones y Biblioteca- a efectos de las respectivas constancias determinadas por el artículo 4º de la ley 14250 y proceder al depósito del presente legajo, atento lo dispuesto en el mismo artículo de la norma legal citada.
ANEXOS
Anexo A - Categorías
Notas:
[1:] Se entiende que la vigencia del presente convenio colectivo de trabajo se encuentra prorrogada hasta la celebración de otro convenio que lo sustituya
[2:] Se publica sin Anexo
ANEXO A
CATEGORÍAS PROFESIONALES Y NOMENCLADOR DE TAREAS
Descripción
PERSONAL OBRERO - TAREAS
Corrales
Playa de vacunos
Cámaras de enfriamiento
Menudencias frescas de vacunos
Mondongos
Playa de lanares
Patitas lanares
Ayudantes veterinarios
Menudencias congeladas
Cueros vacunos
Despostada
Deshuesar carne vacuna
Tripería de vacunos
Tripería de lanares
Tripería de cerdos
Cámaras frías
Roldanas
Limpieza de cámaras
Embarque general - Operaciones en la Ribera
Plataforma de carga
Tractores
Playa de cerdos
Cortada de cerdos
Departamento de curación
Embalaje exportación
Embutidos
Embutidos (Secadero)
Embutidos (Ahumaderos)
Embalaje
Aves (Pavos)
Aves (Pollos y Gallinas)
Sancochar y semi-pelar a máquina
Depósito de quesos
Fabricación envases de hojalata
Óleo
Grasería
Huesería
Saladero (Swift solamente)
Lavadero
Comedor
Conservas cocina
Conserva - Envasado
Conservas - Retortas
Conservas - Etiquetada
Extracto de carne
Conserva - Especialidades envasadas
Frutas y vegetales
Choclos y frutillas
Jamones en lata
Encajonada
Conservas para ventas locales
Carne y otros productos deshidratados
Suministros
Llaves y clavos
Fabricación de bolsas, ropas, etc.
Stockinette (Hilandería)
Aserradero
Fabricación de cajones
Tonelería
Jabonería
Glicerina
Almacenes
Lavar y pintar cueros lanares
Pelar cueros y secar lanas
Cueros piquelados
Lavar y enfardar lana
Calderas y sala de máquinas
Limpieza de calles
Automóviles (interno)
Protección
Vestuarios y toilettes
Ventas por Mayor
Ventas por Menor
Imprenta
Laboratorio
Cámara de frutas
Fábrica de manteca (Cremería)
Arroz
Huevos
Leche deshidratada
Refinería de aceite
Planta de extracción
Preparación de glándulas para medicina
Mecánica (Ingeniería)
Campbell Soup (Swift)
PERSONAL DE INGENIERÍA
Oficios que pueden promoverse hasta la categoría de especializados
Oficios que no pueden promoverse a la categoría de especializados
EMPLEADOS SIN CARGO
Oficina de tiempo
Oficina control jornales y pagos
Caja principal
Finanzas
Trámites aduaneros
Embarques - Marítimo y Facturación: Local y Exterior
Costos de matanzas
Costos departamentales
Teneduría de Libros en general
Desembolso (Órdenes de pago)
Recepción de productos y materiales
Expedición de productos y materiales
Tráfico (Ferrocarriles)
Cuentas Corrientes (Ventas mayoristas y minoristas)
Ventas al detalle
Oficina de Liquidación y pago de sueldos
Gobierno y Estadística
Prendas y rendimientos
Papelería
Personal de Servicio
Almacenes
Oficina de Eficiencia y Standard
Secretaría de Gerencia
Abasto
Ventas locales
Oficina de Superintendencia o Gerencia
Coordinación
Oficina química
Oficina técnica - Sala de máquinas y mecánica
Empleados departamentales
Oficina de relaciones industriales
Oficina Asesora del Personal y Previsión de Accidentes
Oficina de Personal
Sala de Primeros Auxilios
Protección y Vigilancia
Inspección veterinaria
Embarques en general
Cámaras frías
Clasificación de carne
Oficina de Playas
Oficina de menudencias
Oficina de corrales
Oficina de triperías
Oficina de porcinos (División completa)
Oficina de conservas
Pintura y etiquetada
Fábrica envases hojalata
Aserradero
Lanas y cueros
Restaurant de Fábrica
Tractores y automóviles
Superintendencia General (Swift)
Oficina de dibujo y construcciones
Cocina experimental de carnes conservadas
Sección jabonería
Semillas
Refinería de aceite
Tonelería
Aserradero
Secadero de leche
Cremería
Camiones
Ventas Sub-productos
Ventas productos de granja
Ventas de carnes y conservas
Ventas jabón
Ventas productos de cerdos
Compras de hacienda - Swift Rosario
Sección compras
Ventas aceite comestible
Transportes
Maderas terciadas y cola
Oficina de tiempo
Beef Rosk - Swift
Imprenta y papelería
Pesadores
Jubilaciones
Enfermedades
Contabilidad mecánica a base de perforación de fichas
FRIGORÍFICOS PATAGÓNICOS
Clasificación de tareas
Menudencias
Tripería de lanares
Cueros
Bolsas y Cajones (Almacenes)
Despostada
Grasería
Tonelería
Sala de Máquinas y Calderas
Lavadero
Serenos - Limpieza de calles
Descarga de carbón
Automóviles
Restaurante
Cámaras
RUBRO TAREAS
CORRALES
1 Descargar animales de vagones y camiones PP
2 Dar de comer y beber PP
3 Arrear a playas SC
4 Manejar animales muertos PP
5 Contar hacienda SC
6 Caballerizo SC
7 Carrero que ensilla y ata SC
8 Limpiar corrales PP
9 Conductor de carros SC
10 Reseros, arrear y apartar C
11 Blanquear y engrasar carros SC
12 Desinfectar corrales SC
13 Degollar y rajar panzas de caídos C
14 Lavar camiones o vehículos PP
15 Cuerear vacunos muertos o caídos E
PLAYA DE VACUNOS
16 Embretadores SC
17 Golpear con martillo E - 527
18 Manear y güinchero C -
19 Degollar y cuerear cabezas E (1) -
553
20 Rajar panza, separar grasa de tela SC
21 Voltear SC
22 Garreador de manos E
23 Garreador de patas E (1)
24 Cortar patas C
25 Juntar patas y manos PP
26 Rajar cuero C
27 Serruchar pecho C
28 Levantar gañote SC
29 Marcar cadera y soltar verga SC
30 Matambreros E (1)
31 Colocar roldana y levantar SC
32 Tirar cuero del garrón con tenaza PP
33 Bajar y atar culata, rajar y cuerear cola C
34 cuarteros E (1)
35 Anqueros E (1)
36 Marroneros SC
37 Bajadores E (1)
38 Engancha riel SC
39 Cogoteros E (1)
40 Alimentar noria SC
41 Separar cabezas SC
42 Abrir hueso de cadera SC
43 Panceros E (1)
44 Tirar vísceras, panzas y menudos a la canaleta PP
45 Separar tragapastos SC
46 Serruchadores E (1)
47 Cuerear nonatos C
48 Sacar riñonada SC
49 Sacar entraña SC
50 Descoyuntar cabeza C
51 Sacar molleja SC
52 Sacar filones y médulas PP
53 Sacar colas SC
54 Barrer sangre PP
55 Limpieza y acarreo PP
56 Numerar animales PP
57 Recortar machucones SC
58 Marcar peso o grado a medias reses SC
59 Arreglar novillos en cámaras, poner palitos, secar, bombear venas y recortar (Chilled Beef) SC
60 Sacar riñones de la grasa de riñonada SC
61 Marcar "Argentine" en medias reses PP
62 Serruchar con sierra chicha SC
63 Desconyuntar vértebras del cogote C
64 Aflojar costillas a medias reses en Playa de Novillos (para Boneless Beef) SC
65 Lavar y secar consumo PP
66 Manejar caídos PP
67 Atender y alimentar trituradora de condenados SC
67 bis Cargar en balanza PP
68 Colocar tarjetas y sellos en medias reses PP
68 bis Quebrar hueso pecho SC
69 Descuartizar animales condenados SC
70 Descuartizar animales decomisados SC
71 Control de tropas SC
72 Güincheros SC
73 Echar novillo al baño PP
74 Cantar clasificación o número de pesador SC
75 Sacar glándulas suprarrenales SC
76 Cortar garras de patas o manos SC
77 Cortar vergas SC
78 Cortar garras de pastas o manos SC
79 Cortar entrañas de vuelo, aflojar entrañas o desgrasar chingolo SC
80 Sellar tarjetas para clasificar PP
81 Manejar guinche para caídos o muertos SC
82 Marcar peso con sello (marcar peso o grado) SC
83 Abridor de reses en noria o puente para serruchar SC
84 Salvar sangre para morcilla, fiambres y albúmina SC
85 Limpiar rieles de noria en carril (Limpieza periódica) SC
86 Numerar cuarto para control PP
87 Abrir orilla de pecho para sellar C
88 Barrer sangre PP
89 Separar cueros de cabezas con cuchillo SC
90 Abrir hueso de cadera con sierra eléctrica C
91 Sellar tarjeta de acuerdo a la clasificación tipo y destino, controlando cantidad según planillas de matanza SC
CÁMARAS DE ENFRIAMIENTO
92 Empujar medias reses por riel y espaciar PP
93 Pesador SC
94 Distribuir reses de acuerdo con la clasificación SC
95 Limpieza y acarreo PP
96 Desgrasar vacas gordas SC
97 Pasar y atar hilo en pecho o paleta de boneless para colgarlos SC
98 Senarar costillas, cartílagos y huesos de espinazo (trabajo hecho en conjunto con cámaras) C
MENUDENCIAS FRESCAS DE VACUNOS
99 Cortar y sacar lenguas SC
100 Cortar carne de quijadas SC
101 Recortar y lavar lenguas SC
102 Hachar cabeza en máquinas SC
103 Sacar y embandejar sesos y glándulas pituitarias SC
104 Recortar puntos negros de la carne de la cabeza SC
105 Charquear carne de quijada SC
106 Separar carne de quijada con chaira SC
107 Serruchar cuernos SC
108 Recortar carne adherida a la mandíbula SC
109 Separar grasa y cortar panzas y cuajos SC
110 Revisar hígados y remojarlos en sangre SC
111 Arrancar mandíbulas SC
112 Lavar y clasificar panzas PP
113 Recortar cuajos, panzas y librillos SC
114 Recortar entrañas SC
115 Recortar hígados y cargar en zorras SC
116 Cortar y lavar colas SC
117 Lavar cabezas PP
118 Lavar cuajos y mollejas PP
119 Recortar mollejas SC
120 Recortar y desgrasar bofes SC
121 Revisar grasa de panza PP
122 Salvar librillos PP
123 Clasificar grasa, cuajos y librillos SC
124 Salvar garras SC
125 Salvar e inspeccionar glándulas paratiroides SC
126 Juntar y lavar panzas enfermas PP
127 Sancochar productos SC
128 Pesador SC
129 Recortar páncreas SC
130 Recortar carne de cabeza SC
131 Salvar tuétanos PP
132 Recortar mollejas de corazón SC
133 Recortar trompas SC
134 Descarnar punta de tragapasto SC
135 Recortar grasa de tela SC
136 Recortar corazones SC
137 Inspeccionar tripas decomisadas, recortar hígados y bofes enfermos SC
138 Cortar librillos SC
139 Sancochar lenguas SC
140 Volcar carros en grasería PP
141 Desebar lenguas SC
142 Limpieza y acarreo PP
143 Sacar nervios de pata SC
144 Lavar trapos en máquinas SC
145 Desebar colas de novillos SC
146 Separar nalga de peceto SC
147 Abrir corazones y cortar bofes SC
148 Separar menudos SC
149 Sacar sesos y glándulas pituitarias (Combinado) SC
150 Sacar glándulas pituitarias solamente SC
151 Cargar, distribuir y recoger carne especificando clases y llevar a balanza SC
152 Recibir, contar menudencias y entregar a venta local SC
MONDONGOS
153 Sancochar, rasquetear, cocinar, blanquear, recortar y atar
154 Rebanar mondongo para secar SC
155 Pelar o desebar C
156 Limpieza y acarreo PP
157 Maquinista SC
158 Rasquetear C
159 Cortar mondongo a máquina (rebanar mondongo para secar) SC
160 Preparar solución para blanquear SC
161 Revisar mondongo para empaquetar SC
162 Pesar mondongo seco en envases SC
163 Cargar mondongo en bandejas, llevar al túnel y descargar SC
PLAYA DE LANARES
164 Manear o enganchar C
165 Embretar SC
166 Degollar C
167 Cuerear frente C
168 Garreadores E (1)
169 Cuerear verijitas C
170 Cogoteros E (1)
171 Cuerear y apuñar paletas C
172 Pecheros E (1)
173 Sacar molleja de cogote SC
174 Cuerear quijada C
175 Rajar cuero y cortar manos C
176 Verijeros E (1)
177 Anqueros E (1)
178 Apuñando ancas E (1)
178 Cuerear cola y orillar culata C
179 Bajar cuero C
180 Colocar patas en los balancines de la noria C
181 Separar cueros E (1)
182 Lavar reses SC
183 Hachar pechos E
184 Cortar cabezas PP
185 Cortar y sacar lengua de las cabezas E
186 Revisar glándulas SC
187 Abrir lanares SC
188 Sacar grasa de tela SC
189 Sacar tripas, panzas y pajarillas SC
190 Cortar aletas y colgajos SC
191 Secar lanares PP
192 Estampar grado PP
193 Inspeccionar y recortar SC
194 Despanzar y separar menudos C
195 Separar carne de quijadas con chaira SC
196 Cortar carne de quijada SC
197 Hachar cabezas SC
198 Sacar sesos PP
199 Salvar riñones SC
200 Cortar orejas SC
201 Salvar ovarios y testículos, cortar vejiga SC
201 bis Salvar, recortar y lavar cuajos SC
202 Recortar testículos SC
203 Cuerear cabezas con cuernos SC
204 Recortar lenguas SC
205 Salvar glándulas SC
206 Clasificar y enmoldar riñones SC
207 Salvar hígados SC
208 Recibir cueros PP
209 Desenganchar patas de balancín PP
210 Poner hilos en manos PP
211 Colocar palitos PP
212 Limpieza y acarreo PP
213 Despellar ovejas SC
214 Descarnar cueros en playa E
215 Inspeccionar y sellar SC
216 Charquear mondongos SC
217 Guinchero SC
218 Manear o enganchar C
219 Controlar tropa de lanares SC
230 Cargar, descargar y atender máquina de pelar, cofermos SC
221 Transferir capones de noria en movimiento SC
222 Numerar cueros para control SC
223 Alimentar elevadores de capones SC
224 Alimentar riel caracol para descender capones SC
225 Separar cueros de cabeza y extender para inspección SC
226 Cuerear muertos o caídos E
227 Cuerear nonatos C
PATITAS LANARES
228 Hachar y serruchar a mano SC
229 Sancochar patitas SC
230 Cargar, descargar y atender máquina de pelar, cocinar y blanquear SC
231 Repasar (Afeitar) SC
232 Alimentar la máquina de serruchar PP
AYUDANTES VETERINARIOS
233 Trabajos generales SC
MENUDENCIAS CONGELADAS
234 Pesador SC
235 Recortar glándulas SC
236 Recortar mollejas SC
237 Recortar páncreas SC
238 Colocar mollejas en chapas y enmoldar PP
239 Recortar trompas SC
240 Poner productos en moldes PP
241 Despacho de órdenes SC
242 Peones para trabajos generales como ser: Despegar productos congelados PP
243 Recibir y entregar hielo PP
244 Acarreo nieve PP
245 Limpiezas, recibir faroles PP
246 Lavar chapas y caballetes PP
247 Sacar productos para enfriar PP
248 Coser bolsas con menudencias SC
249 Estibar bolsas y cajones de menudencias SC
250 Marcar bolsas y cajones de menudencias SC
251 Moldear hígados novillos en bandejas (pesando) SC
252 Llevar menudencias varias en zorras PP
253 Recibir bolsas y entregar SC
254 Acarrear bolsas a cámaras PP
255 Porteras PP
256 Ascensoristas SC
257 Pesar, poner en balanzas y marcar bultos SC
258 Limpieza y acarreo PP
259 Poner productos en moldes y calcular peso SC
260 Recibir y revisar mondongos SC
261 Contar y separar menudencias compradas afuera SC
262 Clasificador de productos en general para exportación C
CUEROS VACUNOS
263 Extender cueros sobre el piso para la inspección PP
264 Inspeccionar cueros en la playa C
265 Recibir cueros al pie de la canaleta PP
266 Rasquetear y cepillar SC
267 Descarnar cueros E (1)
268 Clasificar cueros después descarne C
269 Cargar y descargar cueros de piletas de curación PP
270 Sumergir cueros en las piletas de curación SC
270 Atender tanques de salmuera SC
272 Salar cueros, hacer pilas C
273 Moler sal SC
274 Cargar y contar cueros cuando son sacados de pila o apilados (para embarque) SC
275 Pesador SC
276 Cargar sal en vagoneta PP
277 Remanejo de sal en galpones PP
278 Enganchar y desenganchar zorras PP
279 Cargar en caballete o roldana PP
280 Levantar cuero de pila PP
281 Doblar y atar cueros SC
282 Sacar pezuñitas SC
283 Salmuerero C
284 Sacudir y doblar SC
285 Marcar cueros en pila SC
286 Sacar y separar por clase cuerpos de pileta de curación SC
287 Separar cueros por clasificación y tropa SC
DESPOSTADA
288 Separar medias reses en cuartos SC
289 Serruchar carne en cortes (Manejar sierra sin fin) conserva C
290 Despostar carne vacuna E
291 Despostar carne de lanares C
292 Charquear carne vacuna SC
293 Recortar lomos SC
294 Sacar tapa de paleta, pecho y matambre SC
295 Cortar y sacar vacío SC
296 Preparar cortes especiales para exportación C
297 Preparar cortes para Sucursales y Carnicerías C
298 Cortar huesos SC
299 Pesador SC
300 Limpiar esqueletos de lanares SC
301 Sacar grasa y riñones y limpiarlos SC
302 Instructora de charqueadores SC
303 Desmantar lanares Playa C
304 Descargar carne de noria PP
305 Sacar pechos y garrones SC
306 Sacar de sierra y dar a la mesa PP
307 Acarreo y limpieza PP
308 Preparar cortes para curación SC
309 Limpiar carne chica SC
310 Revisar e inspeccionar SC
311 Peladores de hueso con cuchillo SC
312 Colgar paletas y piernas para desposte SC
313 Pesar carne charqueada SC
314 Clasificar recortes para conserva, extracto, grasería, etc. SC
315 Embolsar recortes de capón, coser, pesar o marcar (combinados) SC
316 Clasificar y separar carne rechazada por conserva SC
317 Preparar carne para carnicería (no hace corte) SC
318 Clasificar grasa para chanchería o conserva SC
319 Distribuir carne por clase en mesa SC
320 Marcar cortes especiales con sierra portátil C
321 Recibir y separar huesos o carne por clase en punta de noria SC
322 Sacar carne de mesa por clase para pago por grupo o individual SC
323 Alimentar noria distribuyendo cortes SC
324 Ayudante de sierra de cortar capones para despostar en trozos o cortes especiales SC
325 Hacer cortes en lenguas para exportación SC
326 Limpieza de noria, tablas, sacar y colocar PP
327 Esterilizar tablas en estufa SC
328 Separar huesos por clases, cargar huesos y grasas en zorras y transportarlos por riel aéreo haciendo cambios SC
DESHUESAR CARNE VACUNA
329 Despostar cuartos para exportación E
330 Separar medias reses en cuartos SC
331 Doblar y prensar SC
332 Cargar y acarrear a cámara PP
333 Colocar y sacar carne de moldes (enfriamiento rápido) SC
334 Colocar leñas enfriamiento rápido SC
335 Estibar carne desosada en bastidores enfriamiento rápido SC
336 Echar piernas sobre noria SC
337 Colgar hilo y atar para colgar SC
338 Sacar nervios de patas o manos SC
339 Colocar chapa o tabla para moldear (doblar y prensar) SC
340 Manejar aparejo eléctrico enfriamiento rápido SC
341 Inspeccionar boneless beef SC
TRIPERÍA DE VACUNOS
342 Desorillar tripas C
343 Destapar vísceras C
344 Separar tripones SC
345 Enjuagar y escurrir tripa gorda SC
346 Enjuagar y escurrir tripones SC
347 Desebar tripones con tijeras (exportación) C
348 Dar vuelta tripones PP
349 Cepillar tripones PP
350 Inspeccionar tripones desebados SC
351 Desgranar tripones SC
352 Inspeccionar tripones desgranados SC
353 Salar y resalar tripones SC
354 Desebar tripa amarga SC
355 Desebar vejigas C
356 Clasificar vejigas SC
357 Enjuagar tragapastos PP
358 Descarnar tragapastos SC
359 Rasquetear, dar vuelta y atar tragapastos SC
360 Desebar tripa gorda c/tijera o cuchillo C
361 Dar vuelta tripas finas y gorgas SC
362 Pasar tripa fina y gorda por máquina de desgrasar SC
363 Atender máquina de sarro SC
364 Inspeccionar y clasificar tripa gorda y fina C
365 Medir tripa fina y gorda C
366 Recortar entrañas de lanares con tijera SC
367 Trenzar chinchulines PP
368 Clasificar tripones después de desgranados SC
369 Prensar madejas de tripas SC
370 Despellejar tripones SC
371 Acarreo y limpieza PP
372 Encascar y trabajo de prensas SC
373 Desebar culatas y recortar SC
374 Tapar cascos y apretar arcos SC
375 Inflar tragapastos y vejigas SC
376 Ablandar a vapor tragapastos, sesos y vejigas, desinflar, medir, inspeccionar, hacer paquetes y embolsar SC
377 Encajonar vejigas y tragapastos secos SC
378 Poner tripa en palos, recortar grasa c/ tijera, poner y sacar de estufa, hacer paquetes de tripas secas SC
379 Hacer stencil y marcar cascos para embarque SC
380 Abrir rollo y separar tripones (en conjunto) C
381 Desebar tripones a cuchillo exportación E
382 Desgrasar chinchulines SC
383 Salvar grasa de tela para fiambrería SC
384 Distribuir tripas según medida SC
385 Preparar pedidos para carnicería o venta local SC
386 Envasar tripas, soldar latas y llenar órdenes para despachar (operación hecha en conjunto) C
387 Afilar tijeras C
388 Rasquetear culatas a mano SC
389 Hachar a mano y colgar en noria cabezas de vacunos SC
TRIPERÍA DE LANARES
390 Apilar y rolar barriles SC
391 Desorillar tripa fina SC
392 Alimentar rompedora de sarro SC
392 bis Separar tripones PP
393 Enjuagar tripones PP
394 Enjuagar tripa gorda PP
395 Salvar grasa tripa gorda PP
396 Salvar y limpiar chinchulines SC
397 Sacar hilos a tripas finas SC
398 Operadores máquina de sarro SC
399 Rasquetear a mano tripa fina (planchero) C
400 Acarrear tripas a clasificar PP
401 Clasificar tripas C
402 Revisar tripas clasificadas SC
403 Revisar tripas rechazadas SC
404 Pesar producción individual de clasificadoras y entregarla a medidoras SC
405 Medir tripas C
406 Salar tripas SC
407 Resalar tripas SC
408 Embordalezar en la sección SC
409 Remojar tripas saladas PP
410 Peinar tripas saladas SC
411 Acarrear material a grasería PP
412 Pesar y marcar barriles SC
413 Despachar tripas SC
414 Recortar menudos SC
415 Fermentar tripas a temperatura ambiente SC
416 Encabezar o emparejar y medir SC
417 Centrifugar tripas SC
418 Clasificar vejigas o tragapastos SC
419 Desinflar, medir y hacer madejas de tripa orilla seca C
420 Virar tripas PP
421 Medir tripas secas, clasificar para madejas C
422 Sacar tripón SC
423 Rasquetear a mano tripones SC
424 Soldar latas tripas SC
425 Limpieza y acarreo PP
426 Cortar tragapastos (abrir con tijeras) SC
TRIPERÍA DE CERDOS
427 Desorillar tripas finas SC
428 Escurrir tripas finas SC
429 Dar vuelta tripas finas C
430 Tripa fina pasar p/máquina de sarro PP
431 Destapar y desgrasar culata SC
432 Enjuagar culatas SC
433 Desgrasar y recortar culata SC
434 Enjuagar tripa negra PP
435 Dar vuelta tripa negra SC
436 Despellejar tripa negra PP
437 Dar vuelta bolsa tripa negra PP
438 Despellejar bolsa tripa negra PP
439 Clasificar tripa fina y negra, culatas y bolsas tripa negra PP
440 Salar tripa fina y negra, culatas y bolsas tripa negra PP
411 Embordalezar tripa en cámaras SC
442 Pesar y marcar barriles SC
443 Envasar tripas en lata SC
444 Inflar tragapastos y vejigas C
445 Ablandar a vapor tragapastos secos y vejigas, desinflar, medir, inspeccionar, hacer paquetes y embolsar SC
446 Poner tripa en palos, recortar grasa c/ tijera, poner y sacar de estufa, hacer paquete de tripas secas SC
447 Estibar y levantar de estiba barriles para embarque SC
448 Desorillar tripa fina a mano SC
449 Embordalezar tripas en la sección SC
450 Limpieza y acarreo PP
451 Encajonar vejigas y tragapastos secos SC
452 Planchar y rasquetear tripas a mano C
453 Desebar vejigas de cerdos SC
CÁMARAS FRÍAS
454 Separar medias reses en cuartos
455 Pesador SC
456 Recortar grasa riñonada en cámaras de congelar SC
457 Cortar a mano y preparar productos para Venta Local C
458 Trabajo de cuchillo en cámaras de enfriar SC
459 Controlar Nº de tropa en carne p/ exportación SC
460 Doblar y enmoldar cuartos deshuesados SC
461 Despachar a Sucursales y Ventas SC
462 Tomar olor a medias reses chilled beef SC
463 Inspeccionar carne para despostada SC
464 Despachar ropa SC
465 Enganchar cuartos PP
466 Recortar entraña fina chilled beef solamente SC
467 Pesadores y controles SC
468 Inspeccionar y recortar antes de embolsar SC
469 Serruchar cortes especiales en sierra sin fin C
470 Poner roldanas y alambres en riel en cámaras frías PP
471 Clavar ganchos en los cuartos en Cámaras de enfriar PP
472 Transferir cuartos de una roldana a otra en Cámara de Enfriar PP
473 Embolsar cuartos en las Cámaras de enfriar PP
474 Coser bolsas en cámaras de enfriar SC
475 Proveer roldanas y alambres PP
476 Marcar número en cuartos PP
477 Cortadores (cortes p/ exportación, despegar lomos) C
478 Serruchadores (serruchar 1/2 res p/ entregar a Boneless) SC
479 Prácticos cuchillos (efectuar cortes varios en carne) SC
480 Embarque (carne vacuna, lanares, porcinos y menudencias de día y de noche, colgar, bajar por ascensor, empujar a puente, embolsar y empujar al corredor de embarque) PP
481 Acomodar en zorras trozos y lanares p/embarque SC
482 Sacar de estiba carne vacuna SC
483 Despegar Boneless (despegar los boneless de las tablas) PP
484 Acarrear boneless (acarrear en Cámaras) PP
485 Costureros (coser bolsas a carne chilled y Boneless) SC
486 Limpieza General (Rasquetear y limpiar cámaras) PP
487 Recibir lanares (Recibir lanares de matanza) PP
488 Entrar lanares en cámaras PP
489 Embolsar y enganchar lanares PP
490 Empujar 1/2 res para boneless PP
491 Empujar a despostada 1/2 res y lanares PP
492 Ascensoristas SC
493 Bolsero (Recibir y entregar bolsas) SC
494 Estibar en cámaras SC
495 Distribuir por grados en cámara o faroles SC
496 Telescopear, otras operaciones (línea completa) SC
497 Enganchar, desenganchar, cargar o descargar Boneless en noria SC
498 Correr trozos en riel por clases y hacer cambios SC
499 Poner en balanza y cantar número y/o clase SC
500 Sacar de balanza pulsear y cantar número y/o clase SC
501 Descolgar trozos congelados y desarmar moldes SC
502 Rasquetear, limpiar y aceitar noria de rieles de llevar carnes SC
503 Poner en balanza y cantar número y/o clase para despostada SC
ROLDANAS
504 Limpiar y aceitar SC
505 Controlar paso de roldanas SC
506 Distribuir roldanas en playa SC
LIMPIEZA DE CÁMARAS
507 Cámaras de congelar SC
508 Cámaras de enfriar y corredores SC
509 Ribera SC
EMBARQUE GENERAL
Operación en la Ribera
510 Enganchar lingas al guinche en punta de riel SC
511 Sacar roldanas vacías de punta de riel, cargar en zorra PP
512 Empujar en riel en la Ribera PP
513 Hacer y reparar equipos de embarques C
514 Colocar y sacar planchadas, aparejos, campanas, etc. SC
515 Todo el trabajo en las bodegas de las lanchas C
516 Lingadores en tierra SC
517 Guinchero eléctrico C
518 Conductor de lanchas (no de carga) E
510 Guinchero ocasional en lanchas ("Devon" y "Dart") C
520 Trabajo común en la Ribera no especificado PP
521 Limpieza y acarreo PP
522 Estibadores a bordo, gangueros y guincheros CC
523 Guinchero a vapor en tierra CC
524 Guinchero a vapor por caldera E
525 Guinchero, guinche hidráulico E
526 Coser y remendar bolsas SC
PLATAFORMA DE CARGA
527 Cargar y descargar camiones, vagones y zorras PP
528 Cargar 1/2 reses a pulso y vagones SC
529 Limpieza y acarreo PP
TRACTORES
530 Manejar tractor Fordson o similar C
531 Manejar tractor eléctrico SC
532 Aceitar zorra PP
533 Encargado de revisar y cuidar material y equipo C
534 Manejar tractor a uña o grúa, ocupados en operaciones de estibar o sacar de estiba y en tareas de embarque y desembarque E
535 Manejar tractor con plataforma elevadora para transportar C
PLAYA DE CERDOS
536 Manear C
537 Degollar C
538 Voltear PP
539 Zambullir SC
540 Sancochar y vigilar temperatura C
541 Arrancar cerda en pileta clasificando SC
542 Cargar cerdos en máquina de pelar PP
543 Arrancar pezuña y hacer ojales SC
544 Colocar en balancines PP
545 Colgar riel PP
546 Pintar con resina PP
547 Rasquetear PP
548 Afeitar SC
549 Chamuscar cerda a fuego PP
550 Hacer culata C
551 Hachar pecho C
552 Abrir cadera, rajar y sacar pajarilla SC
553 Cortar y sacar verga SC
554 Despanzar cerdos C
555 Descoyuntar cabezas C
556 Serruchar en medias reses C
557 Partir cerdo con hacha C
558 Arrancar unto PP
559 Rasquetear residuos de unto PP
560 Lavar cerdos PP
561 Sacar riñones PP
562 Cortar cabezas SC
563 Cuerear cabezas SC
564 Salvar glándulas SC
565 Cortar y sacar lenguas SC
566 Cortar carne de quijada SC
567 Separar carne de quijada y arrancar mandíbulas SC
568 Hachar cabezas SC
569 Salvar orejas y trompas PP
570 Recortar lenguas SC
571 Recortar grasa de tela SC
572 Salvar ovarios y páncreas SC
573 Recortar menudos SC
574 Separar menudos SC
575 Desgrasar estómagos SC
576 Manejar vísceras y bofes decomisados PP
577 Estampar sellos PP
578 Empujar cerdo por riel fuera de la línea de matanza PP
579 Empujar cerdos hasta la entrada de las cámaras PP
580 Entrar cerdos a cámara y arregiar PP
581 Acarreo de productos PP
582 Limpieza PP
583 Auxiliar veterinario SC
584 Ayudante sancochador SC
585 Quemar cerdo exportación SC
586 Sacar menudos SC
587 Abrir cabeza y sacar lenguas SC
588 Limpieza riñones, glándulas y carnes PP
589 Sala de triquinosis SC
590 Pesar y anotar SC
591 Desebar páncreas a cuchillo SC
592 Rasquetear interior PP
593 Salvar sangre PP
594 Salvar forros de estómago SC
595 Preparar resina PP
596 Sacar gañote SC
507 Charquear recortes y carne chica SC
598 Recortar papadas y limpiar hueso cogote SC
599 Sacar cuero a panceta SC
600 Precintar lomos PP
601 Desgrasar jamones en medias reses SC
602 Sacar cueros de patitas de cerdos C
603 Redondear y desgrasar cueros de patitas de cerdos SC
604 Rasquetear cerdos a mano (no usando máquina) SC
CORTADA DE CERDOS
605 Sacar reses de cerdo de cámara PP
606 Cortar patitas, serruchar jamones (combinadas) C
607 Hachar cerdos en guillotina C
608 Levantar hueso de cogote C
609 Levantar pechitos C
610 Serruchar paletas y pic-nics C
611 Recortar y clasificar jamones C
612 Charquear recortes de cerdo SC
613 Arrancar bondiolas C
614 Recortar bondiolas
615 Recortar pic-nics C
616 Despostar para conserva C
617 Arrancar lomos
618 Recortar lomos SC
619 Clasificar y recortar pancetas C
620 Envolver y empaquetar producto SC
621 Despostar cerdos para exportación
622 Envolver cerdos para exportación SC
623 Coser fardos de cerdos SC
624 Rasquetear y clasificar cueros de cerdo SC
625 Marcar con sierra lomos y tocinos SC
626 Sacar cuero de tocino SC
627 Limpiar patitas SC
628 Pesador SC
629 Trabajo común limpieza y acarreo PP
630 Cortar garrón y tumbar sobre mesa SC
631 Cortar jamones a mano C
DEPARTAMENTO DE CURACIÓN
632 Clasificar pancetas, jamones, paletas, etc. C
633 Poner y sacar productos de tinas de curación SC
634 Hacer cambios de productos en tinas SC
635 Inyectar
626 Embordalesar productos curados SC
637 Marcar, apilar y sacar barriles de la pila y acarrear SC
638 Lavar tinas PP
639 Limpieza y acarreo PP
640 Preparar salmuera (salmuerero) E
641 Salar, apilar y cambiar SC
642 Clasificar para ahumadero SC
643 Rasquetear y secar SC
614 Preparar para venta local SC
645 Ayudante salmuerero SC
646 Encajonar panceta exportación SC
647 Preparar productos para embutidos de acuerdo a la orden pesando (preparar para venta local) SC
EMBALAJE EXPORTACIÓN
648 Envolver, empaquetar, clavar y alambrar SC
649 Pesador SC
650 Trabajo común limpieza y acarreo PP
651 Empujar zorras y perreras con fiambre de la balanza a embalaje PP
652 Hacer stencil con máquina perforadora SC
653 Marcar cajones con discos metálicos, marca metálica, o stencil poniendo direcciones SC
654 Marcar peso con disco, clavar o alambrar cajones SC
655 Sacar cajones de noria, cargar en plataforma PP
656 Apilar cajones vacíos y acarrear de la pila de embalaje PP
657 Acarreo con zorras PP
658 Marcar cajones con stencil y brocha SC
659 Limpieza, regar, barrer, juntar residuos con pala PP
660 Encajonar fiambres por clase eligiendo productos y cajones SC
661 Estibar cajones con productos SC
662 Sacar cajones de estiba y cargar plataforma PP
663 Empaquetar y encajonar menudencias SC
664 Atar productos
EMBUTIDOS
655 Fiambreros E
666 Llenar y cerrar moldes de fiambres SC
667 Preparar especias SC
668 Recibir y despachar fiambres y jamones en fiambrería SC
669 Moler carne y preparar pasta SC
670 Pesador SC
671 Limpieza y acarreo PP
672 Envasar productos varios - embutidores C
673 Atar productos SC
674 Lavar tripas PP
675 Pesadora SC
676 Levantar salchicha PP
677 Colgar salchicha en cámara PP
678 Preparar hilo PP
679 Medir y cortar PP
680 Poner hilo a tarjeta y colocarlos PP
681 Poner sellos PP
682 Colocar productos en jaulas o zorras PP
683 Reparar salames rotos SC
684 Cerrar moldes de mortadela PP
685 Sacar fiambres de moldes PP
686 Preparar tripas SC
687 Preparar tabletas de extracto SC
688 Atender horno de cocimiento SC
689 Embutir salchicha SC
690 Atender máquina de picar tocino SC
691 Preparar lechón arrollado E
692 Hacer morcilla - proceso completo de preparación de pasta SC
EMBUTIDOS (SECADERO)
693 Cambiar productos en los secaderos SC
694 Recibir, inspeccionar y colgar, cambiar productos frescos en los secaderos SC
695 Parafinar salames
696 Inspeccionar productos antes de despachar SC
697 Preparar productos para despacho SC
698 Empastar jamones SC
699 Lavar productos y cajones PP
EMBUTIDOS (AHUMADEROS)
700 Colgar y sacar productos en ahumaderos SC
701 Ahumadores C
702 Controlar temperatura en tanques de cocinar jamones y fiambres SC
703 Despostar jamones y paletas y amoldarlos E
704 Coser y clasificar jamones despostados SC
705 Cocinar jamones y fiambres C
706 Clasificar jamones secos para el despacho SC
707 Remojar, marcar y colgar jamones y pancetas SC
708 Cargar y descargar productos tanques cocimiento PP
709 Lavar moldes, palos y peines PP
710 Cortar hilo para productos PP
711 Deshuesar jamones y paletas C
712 Enmoldar jamones SC
EMBALAJE
713 Clavar y alambrar SC
714 Pesador SC
715 Controlar peso SC
716 Sumergir en brea carne ahumada p/exportación SC
717 Lavar y alisar productos bañados en brea SC
718 Rebanar panceta ahumada SC
719 Empaquetar panceta ahumada SC
720 Pesar panceta ahumada PP
721 Envolver y atar productos PP
722 Marcar tarjetas PP
723 Sellar productos y rotular SC
724 Marcar cajones y poner dirección y peso SC
725 Apilar y sacar cajones de pila PP
726 Acarreo y limpieza PP
727 Despachar suministros SC
AVES (PAVOS)
728 Clasificar aves vivas C
729 Embretar PP
730 Matador C
731 Desplumar pluma gruesa SC
732 Pelar SC
733 Inspeccionar SC
734 Lavar PP
735 Abrir y coser buches y pellejos SC
736 Clasificar aves muertas C
737 Encajonar SC
738 Clavar y marcar cajones SC
739 Pesar y anotar pavos encajonados SC
740 Acarrear a cámaras de enfriar y de congelar PP
741 Limpieza y acarreo PP
742 Envolver cabezas PP
743 Atender máquina de sancochar para pelar SC
AVES (POLLOS Y GALLINAS)
744 Clasificar aves vivas C
745 Embretar PP
746 Preparar alimentos y alimentar SC
747 Matar y desgrosar SC
748 Desplumar PP
749 Peladores de parafina PP
750 Inspeccionar SC
751 Abrir buches, coser buches y pellejo SC
751 bis Sacar de noria y colgar en jaula PP
752 Envolver cabezas y doblar alas PP
753 Acarreo PP
754 Clasificar y encajonar C
755 Pesar y marcar cajones SC
756 Clavar y alambrar cajones SC
757 Pesar y anotar pollos encajonados SC
758 Limpieza PP
759 Estibaje de cajones en la sección PP
760 Atender máquina de sancochar para pelar SC
SANCOCHAR Y SEMI-PELAR A MÁQUINA
760 bis Colgar en noria PP
761 Arreglar aves peladas (coser) SC
762 Entregar a la mesa PP
DEPÓSITO DE QUESOS
763 Empaquetar y despachar quesos SC
764 Recibir y pintar quesos SC
765 Pesador y apuntador SC
766 Trabajo común limpieza y acarreo PP
767 Rasquetear y aceitar queso PP
768 Rasquetear puntas de queso PP
769 Colocar palitos PP
FABRICACIÓN DE HOJALATA
770 Manejar tijera circular SC
771 Manejar tijera a pedal SC
772 Manejar prensa a pedal SC
773 Manejar prensa automática SC
774 Atender máquina rayadora SC
775 Atender máquina rizadora SC
776 Revisar cuerpos SC
777 Hacer y repara esqueletos SC
778 Atender máquina de hacer roscas de tapitas para frascos SC
779 Alimentar lavadero de tarros PP
780 Atender flotador de doble remache C
781 Recolectar rechazos PP
782 Recolectar rechazos, llevar control y anotar SC
783 Estañar cuerpos de seis libras (a mano) para remachar tapas y fondos C
784 Alimentar máquina de costura (6 libras y no hay aspirador) SC
785 Atender máquina de soldar tapas y fondos, en líneas no automáticas C
786 Aplanar y limpiar cuerpos de latas rechazos PP
787 Reparar tapas y fondos engomados defectuosos SC
788 Atender secadora de engomadora SC
789 Colocar cuerpos en la máquina de hacer costura para tarros de 6 libras SC
790 Suministrar hojalata a las máquinas por medida SC
Línea Sanitaria
791 Atender máquina de costura SC
792 Atender máquina remachadora SC
793 Pestañar y remachar latas de 1/2 y 1 libra en máquina remachadora a pedal SC
794 Revisar tarros terminados SC
Línea de tarros soldados
795 Atender máquina de costura SC
796 Atender máquina remachadora SC
797 Alimentar latas al flotador SC
798 Atender flotadores C
799 Remachar latas de 6 libras en máquina remachadora a pedal SC
800 Revisar tarros terminados SC
Línea de engomar
801 Manejar máquina engomadora SC
802 Revisar tapas y fondos engomados SC
Línea de 1 y 2 1/2 kg óleo
803 Manejar remachadora SC
804 Soldar costura del cuerpo C
Línea de 20 kg óleo
805 Despuntar, formar cuerpo y pestañar en latas SC
806 Atender remachadora SC
807 Soldar costura del cuerpo C
808 Hacer latas a mano C
809 Cargar y manejar máquina de enfardar recortes SC
810 Soldar a mano C
811 Preparar manijas latas 20 kg SC
Trabajos varios
812 Soldar costuras tapas y fondos a mano C
813 Apilar tarros vacíos PP
814 Acarreo y limpieza PP
815 Reparar tarros defectuosos SC
816 Preparar goma SC
817 Fundir estaño y plomo y hacer aleaciones C
818 Fechar tapas SC
819 Engrasador de líneas SC
820 Hacer cepillos de cerda para fletadora C
821 Atender baño de estaño líneas automáticas SC
822 Poner tapas y fondo a mano (no remachar) PP
823 Lavadero de latas PP
824 Enlazar y remachar cuerpos SC
825 Soldar "bridge" en tapa SC
826 Hacer paquetes con recortes PP
827 Control peso de latas y paquetes SC
828 Reparar soldaduras SC
829 Quemador de tarros PP
830 Recibir, pesar y apilar estaño SC
831 Inspeccionar grasa cruda SC
832 Horquillar grasa a piletas de enfriar, secadoras y picadoras PP
833 Atender picadoras SC
834 Cocinero de secadoras SC
835 Refinar grasa y atender máquina cristalizadora C
836 Cargar, descargar y atender prensas SC
837 Cocinar grasa SC
838 Cargar y descargar secadoras PP
839 Atender tanques de almacenar PP
840 Lavar y secar lienzos de prensa PP
841 Inspeccionar, llenar y pesar y marcar barriles SC
842 Apilar y sacar barriles de la pila SC
843 Trabajo común de limpieza y acarreo PP
844 Llenar cascos SC
845 Embolsar estearina, prensar, pesar y coser SC
846 Apilar y bajar bolsas de pila PP
847 Atender presa y refinar grasa de cerdo C
848 Atender prensas hidráulicas óleo SC
849 Atender melters y centrífuga de huesos SC
850 Atender rolo de enfriar grasa SC
851 Envasar grasa en latas de tipo 20 kilos PP
852 Limpiar latas PP
853 Soldar tapas SC
854 Remachar latas SC
855 Clavar y alambrar cajones y esqueletos SC
856 Cargar en zorra, apilar, sacar de pila y marcar cajones y esqueletos SC
857 Refinar grasa de cerdo comestible SC
858 Manejo de barriles fuera de portones del Saladero o del Plant de los embarques PP
859 Formar moldes de papel PP
860 Cortar moldes de grasa fría PP
861 Apilar cajones y barriles PP
862 Cerrar envases de papel llenos PP
863 Controlar peso de latas SC
864 Embolsar estearina solamente PP
865 Atender zaranda de chicharrones y clasificar PP
866 Atender homogenizador C
867 Atender montejus SC
868 Atender equipos Votator C
869 Llenar moldes con grasa de 1/2 y 1 kilo controlando peso SC
870 Llenar moldes con grasa por medio de máquina envasadora automática de 1/2 y 1 kilo sin pesar PP
871 Atender botoneras y compuertas del caracol distribuidor de productos ya picados (huesos, grasas, nervios, etc.) para los digestores de tercer jugo SC
GRASERÍA
872 Cocinero de secadoras (Melters) C
873 Ayudante cocinero (Melters) SC
874 Prensar sangre y guano (manejado prensa) SC
875 Alimentar "expellers" PP
876 Atender "expellers" SC
877 Bombear sangre SC
878 cocinar sangre y cargar a secadora SC
879 Refinar sebo y grasa de cerdo SC
880 Espuma en piletas ladrones SC
881 Embordalesar sebo, pesar y marcar barriles SC
882 Inspeccionar material crudo SC
883 Cargas secadoras SC
884 Sancochar trompas y orejas PP
885 Atender el crematorio PP
886 Apilar y sacar barriles de la pila SC
887 Manejar prensas hidráulicas SC
888 Cargar prensas hidráulicas SC
889 Alimentar trituradora de huesos PP
890 Limpieza y acarreo PP
891 Atender centrífuga de grasas PP
892 Embordalesar cascos de sebo (no pesa ni marca) SC
893 Atender secadora de sangre SC
894 Cocinero digestores SC
895 Peón cocinero digestores SC
896 Máquina de picar y lavar materiales PP
897 Atender máquina trituradora de huesos SC
898 Alimentar prensa de expeller mezclando material SC
899 Manejar alambre carril para transporte de huesos, carnes y grasas SC
HUESERÍA
900 Serruchar huesos Industriales SC
901 Sancochar patas PP
902 Cocinar huesos SC
903 Peón cocinero de huesos PP
904 Descargar huesos de tanques de cocinar PP
905 Lavar huesos PP
906 Manejar "bone jelly" (cola) SC
907 Sancochar y clasificar pelo de cola SC
908 Sacar y hacer paquetes de pelo de oreja y encajonar SC
909 Clasificar y embolsar huesos industriales SC
910 Sacar pezuñas y maches de astas SC
911 Estibar y levantar fardos de estiba PP
912 Refinar embordalesar aceite de pata SC
913 Clasificar cerda SC
914 Embolsar huesos (sin clasificar) PP
915 Clasificar pezuñas y astas SC
916 Peinar y hacer paquete cerda y pelo SC
917 Pesar y marcar bolsas SC
918 Pelar colas de novillos SC
919 Marcar bolsas (sin pesar) PP
920 Acarreo y limpieza PP
921 Concentrar hiel SC
922 Cargar camiones con huesos PP
923 Temperaturistas fábrica de cola SC
924 Llenar moldes de cola PP
925 Colocar cola en zaranda PP
926 Acarrear, cortar y embolsar cola PP
927 Molienda de cola SC
928 Preparar materiales y atender cocimiento SC
929 Secar lana y cerda a vapor SC
930 Pesar paquetes de pelo de oreja SC
931 Secar lana y cerda al sol y aire PP
932 Cortar pelo de oreja con tijera SC
933 Separar garra de patas y manos SC
934 Atender prensa de hacer fardos de cerda SC
935 Clasificar cola de pegar SC
936 Clasificar huesos industriales después de sierra SC
SALADERO (SWIFT SOLAMENTE)
Conserva
937 Apilar cajones, levantar cajones de pila, cargar en zorra SC
Cuadrilla General
938 Operaciones de estibaje y de embarque SC
939 Embolsar huesos molidos SC
940 Limpieza y acarreo PP
941 Zarandear hueso molido SC
Fertilizantes
942 Recibir y apilar material de Grasería SC
943 Acarrear material al molino, alimentar molino, llenar bolsas, pesar coser, apilar y sacar bolsas de pila SC
944 Marcar bolsas PP
945 Manejar muestras SC
946 Limpieza y acarreo PP
LAVADERO
947 Cargar, atender y descargar máquinas de lavar, cargar, atender y descargar centrífugas y secadoras SC
948 Atender despacho SC
949 Planchar SC
950 Limpieza y acarreo PP
951 Costurera de reparaciones SC
952 Entregar ropa, trapos y toallas por sección (atender despacho) SC
953 Lavar a mano SC
COMEDOR
954 Cocinero (profesional) E
955 Ayudante cocinero SC
956 Mozos SC
957 Cajera SC
958 Cocinero práctico (no de oficio) C
959 Peón de cocina PP
960 Limpieza general y acarreo PP
961 Hacer helados C
962 Repostero C
CONSERVAS COCINA
963 Horquillar carne a la máquina pecadora o mesa SC
964 Inspeccionar carne cruda en máquina picadora SC
965 Poner y sacar canastos de los tanques de cocinar con guinche SC
966 Atender cocinamiento SC
967 Guincheros en el proceso de curación "harvard" SC
968 Agregar ingredientes de curación SC
969 Controlar proceso de curación "harvard", descargar tambores SC
970 Palear carne curada en la mesa de inspección PP
971 revisar carne para ser envasada SC
972 Atender y alimentar cortadoras de carne SC
973 Espumar caldo y mandarlo a los filtros por bomba SC
974 Sancochar y pelar lenguas SC
975 Pesar, contar y poner lenguas y pechos en cura SC
976 Lavar canastos PP
977 Cocinas colas, lenguas, pechos, etc. SC
978 Cortar pavos en trozos para cocinar SC
979 Atender máquina peladora de papas SC
980 Acarreo y limpieza PP
981 Descarnar huesos PP
982 Abrir latas de rechazo PP
983 Preparador de pastas C
984 Cocinar huesos SC
985 Limpiar y recortar nervios SC
986 Palear carne y volcar de canastos PP
987 Colgar y descolgar pechos PP
988 Controlar tiempos de cura cocinas SC
989 Atender máquinas de lavar tarros SC
990 Enganchadores de canastos PP
991 Espumar y mandar caldo por gravedad PP
992 Atender curación para lenguas y pechos y preparar salmuera
993 Cargar y descargar máquina de pelar papas C
994 Peón de preparador de pastas PP
995 Atender máquina picadora, moledora o mezcladora PP
996 Atender pre-cocinador SC
997 Cargar tambores Harward, agregando ingredientes SC
998 Cocinero de cocinas continuas, controlando temperatura y tipo de cocimiento SC
999 Ayudante de la tarea anterior C
CONSERVA - ENVASADO
1000 Pesar palas con carne antes de alimentar envasadoras 6 Lbs. SC
1001 Alimentar carne a los embudos de las envasadoras 6 Lbs. SC
1002 Alimentar carne a máquina envasadora de 1 Lb. SC
1003 Intercambiar latas por vacías SC
1004 Pesar tarros llenos SC
1005 Pisonar carne a mano SC
1006 Limar remachadura de tarros sanitarios para ser inspeccionados SC
1007 Atener remachadora
1008 Soldar tapitas a latas en los torniquetes C
1009 Intercambiar latas en los torniquetes SC
1010 Inspeccionar latas soldadas en torniquetes SC
1011 Inspeccionar latas sanitarias remachadas SC
1012 Soldar al vacío SC
1013 Inspeccionar y embandejar tarros soldados SC
1014 Embandejar letras sanitarias PP
1015 Operador de máquina remachadora a pedal SC
1016 Manejar máquina remachadora semi-automática a pedal SC
1017 Recortar e inspeccionar lenguas y pechos SC
1018 Pesar y controlar peso de las lenguas y pechos SC
1019 Envasar lenguas y pechos SC
1020 Soldar "bridges" a tapas SC
1021 Reparar soldadores SC
1022 Preparar productos para la inspección SC
1023 Manicura SC
1024 Embolsar, hombrear y apilar bolsas de papas, porotos, etc., cargando y acarreando zorras SC
1025 Preparar productos para inspección (solamente acarreo de productos) PP
1026 Acarreo y limpieza PP
1027 Embutidores a máquina (salchicha) SC
1028 Limpiar lenguas vacunas con trapo PP
1029 Revisadores de tarros llenos SC
1030 Apretar carne tarros 1 Lb. PP
1031 Pesar y clasificar latas vacías SC
1032 Colocar tapitas y bridges PP
1033 Descargar soldadoras al vacío y revisar SC
1034 Juntar carne del piso PP
1035 Reparar guantes y dediles SC
1036 Manejar tijera a mano SC
1037 Atender estufa SC
1038 Atender gasómetro de supergás SC
1039 Sacar gotas o puntos SC
1040 Limpiar máquinas embutidoras SC
1041 Soldar al vacío, arreglar cobres y aparatos C
1042 Cortar y formar albóndigas SC
1043 Moler carne en máquina SC
1044 Marcar tapitas a máquina (fechar tapas) SC
1045 Atender máquina de moler galleta SC
1046 Pisonar carne con pisón a pedal PP
1047 Atender estufa a vapor (atender estufa) SC
1048 Abrir tarros rechazo clasificando el producto SC
1049 Envases Roastbeef a mano SC
1050 Remojar carne en máquina SC
1051 Control de pesadores de latas SC
1052 Envasar salchicha de viena clasificando SC
1053 Atender máquina de lavar tarros SC
1054 Empujar canastos vacíos y llenos haciendo cambios SC
1055 Limpiar con trapo o con aire comprimido coronillas de tarros llenos PP
1056 Medir con refactómetro solidez de pastas y dulces C
1057 Alimentar tarros de salchicha de viena a la estufa PP
1058 Controlar peso de latas con salchicha de viena agregando salmuera SC
1060 Colocar municiones y cargas tarros de 6 Libras en bomba de vacío SC PP
1061 Atender temperatura de agua en tanque de enfriar tarros de 6 Libras. SC
1062 Colocar y sacar tarros en baño de agua fría PP
1063 Alcanzar tarros a la operaría que alimenta la estufa PP
1064 Embandejar tarros de 6 Libras para esterilizarlos SC
1065 Agregar grasa a tarros de 6 Libras con volcador automático SC
1066 Distribuir latas en las distintas máquinas atendiendo botonera para noria SC
1067 Contar, prensar y llevar control de recortes de lenguas SC
CONSERVAS - RETORTAS
1068 Cargar bandejas con tarros sobre zorra SC
1069 Llevar hasta retortas, cargar y descargar, abrir y cerrar SC
1070 Cuidar retortas (Vigilar temperaturas) C
1071 Atender máquina de lavar y de pintar latas PP
1072 Alimentar tarros llenos a la máquina de lavar SC
1073 Preparar pintura SC
1074 Cargar tarros lavados o pintados en zorras PP
1075 Acarreos y limpieza PP
1076 Limpieza de tarros SC
1077 Estibar tarros de 6 Lbs. para enfriar por lluvia SC
1078 Atender máquina lavadero tarros jamonada SC
1079 Cuidador de herramientas y materiales de pintura SC
1080 Acarrear y controlar necesidades de pintura SC
1081 Pintar tarros a mano o soplete SC
1082 Revisar tarros llenos después de lavados SC
1083 Alimentar tarros pasando por baño o máquina de pintar
1084 Revisar discos y poner tinta SC
CONSERVAS - ETIQUETADA
1085 Etiquetar latas a mano SC
1086 Etiquetar latas en noria SC
1087 Operador máquina etiquetadora SC
1088 Encajonar latas en mesas y en noria SC
1089 Alimentar latas a noria de etiquetar PP
1090 Preparar pasta de etiquetar SC
1091 Manejar productos envasados en el cuarto de incubación SC
1092 Tomar sonido a tarros SC
1093 Cortar cartones a máquina SC
1094 Limpieza y acarreo PP
1095 Dar vuelta tarros en noria PP
1096 Apilar cualquier clase latas en mesa SC
1097 Distribuir llaves y etiquetas PP
1098 Arreglar latas mal etiquetadas SC
1099 Clasificar latas rechazo SC
1100 Dar vuelta latas en la noria PP
1101 Pintar tarros a mano SC
1102 Pesar etiquetas para control producción SC
1103 Cargar y descargar noria de sellar latas PP
1104 Atender máquina de sellar SC
1105 Sellar latas a mano SC
1106 Revisar número a tarros para etiquetar SC
1107 Armar armazones de cartón PP
1108 Guincheros de bastidores SC
1109 Inspeccionar tarros en noria o mesa de etiquetar previo embarque SC
1110 Cortar estiba para acarreo o embarque SC
1111 Alimentar co etiquetas y atender máquina engomadora Podevin SC
1112 Recibir cajones de noria y cargar zorras para embarque SC
1113 Arreglar cajones rotos (reparar cajones usados) SC
1114 Manejar máquina lavadora de tarros llenos - automática rotativa y atender temperatura (Wilson) C
1115 Ayudante del trabajo anterior SC
1116 Revisar y clasificar cajones vacíos SC
1117 Desclavar cajones llenos SC
1118 Parar tarros después de pintados, colocar en bandeja y poner en zorras SC
1119 Mantener las máquinas de etiquetar Podevin en buen estado mecánico de funcionamiento C
EXTRACTO DE CARNE
1120 Recibir caldo, espumar y atender cocimiento SC
1121 Filtrar caldo SC
1122 Atender tanques de recibir caldo filtrado, controlar temperatura, manejar bomba SC
1123 Atender evaporadoras C
1124 Descargar evaporadoras y cargar sartenes SC
1125 Controlar temperatura de las sartenes SC
1126 Sacar extracto de una sartén a otra para mezclar PP
1127 Llenar latas PP
1128 Pesar y completar peso SC
1129 Soldar tapitas a latas SC
1130 Pintar tarros PP
1131 Etiquetar frascos y tarros SC
1132 Marcar cajones y latas PP
1133 Clavar cajones SC
1134 Alambrar cajones SC
1135 Cargar y descargar cajones llenos de zorra PP
1136 Apilar cajones o tarros PP
1137 Acarreo y limpieza PP
1138 Encajonar frascos de extracto SC
1139 Revisar latas y llenar controlando peso (pesar y completar peso) SC
1140 Esterilizar frascos de vidrio y tapas SC
1141 Lavado de sartenes PP
CONSERVA - ESPECIALIDADES ENVASADAS
1142 Cocinar SC
1143 Atender remachadora automática SC
1144 Manejar remachadora a pedal SC
1145 Manejar máquina remachadora semi-automática a pedal SC
1146 Pesar latas SC
1147 Preparar especias SC
1148 Pesar, moler y mezclar pasta SC
1149 Trabajo común acarreo y limpieza PP
1150 Cortar salchichas viena SC
1151 Embandejar latas de todos productos PP
1152 Abrir latas rechazos PP
1153 Alimentar mesa de envases salchichas PP
1154 Emparejar latas pastas PP
1155 Revisar recortes salchichas PP
1156 Entregar equipos y controlar SC
1157 Alimentar salchichas a máquina PP
1158 Envasar salchichas oxford o frankfurt pesando SC
FRUTAS Y VEGETALES
1159 Recibir y controlar material crudo SC
1160 Mezclar y cocinar productos C
1161 Pesar tarros llenos SC
1162 Atender máquina remachadora automática SC
1163 Acarreo y limpieza PP
1164 Atender máquina desgranar arvejas SC
1165 Atender máquina limpiadora y lavadora SC
1166 Atender máquina clasificadora SC
1167 Sancochar arvejas SC
1168 Preparar jarabe SC
1169 Revisar chauchas PP
1170 Revisar arvejas desgranadas PP
1171 Atender envasadora SC
1172 Atender esterilizador SC
1173 Controlar peso agregando jarabe SC
1174 Revisar remache latas SC
1175 Distribución de arvejas a mesas PP
1176 Alimentar máquina deschaladora y desgranadora SC
CHOCLOS Y FRUTILLAS
1177 Sancochar choclos SC
1178 Atender deschaladora y desgranadora SC
1179 Recortar choclos defectuosos PP
1180 Destroncar frutilla PP
1181 Lavar frutilla PP
1182 Acarreo y limpieza PP
1183 Cocinar frutillas C
1184 Pesar frutillas SC
JAMONES EN LATA
1185 Sacar jamones de moldes PP
1186 Recortar y envasar SC
1187 Pesar SC
1188 Esterilizar latas y tapas SC
1189 Marcar peso en latas SC
1190 Remachar latas SC
1191 Soldar latas C
1192 Soldar "bridges" a tapas SC
1193 Cuidar temperatura en los tanques de cocinar C
1194 Acarreo y limpieza PP
1195 Soldar al vacío, arreglar cobre y aparato C
1196 Encajonar jamones SC
1197 Anotar peso de jamones en planilla SC
1198 Marcar cajones de jamones SC
ENCAJONADA
1199 Clavar cajones en máquinas SC
1200 Alambrar cajones a máquina SC
1201 Colocar tapas, marcadores, acarreos y peones PP
1202 Inspectores de tarros en máquinas de clavar SC
1203 Limpieza y acarreo PP
1204 Clavar a mano y alambrar (con máquina portátil) SC
1205 Encajonar latas solamente PP
1206 Preparar productos para carnicería y otros SC
1207 Tarar y sellar cajones vacíos SC
1208 Hacer canastos C
1209 Ayudante canastero SC
1210 Apilar cajones SC
1211 Levantarlos de pila y cargar sobre zorra PP
1212 Trabajo combinado SC
CONSERVAS PARA VENTAS LOCALES
1213 Despachar órdenes locales SC
1214 Apilar y sacar cajones de pila SC
1215 Marcar peso en las etiquetas PP
1216 Encajonar latas y registrar el peso SC
1217 Entiquetar latas con jamones (a mano) SC
1218 Clavar cajones a mano SC
1219 Pesar y marcar cajones SC
1220 Alambrar cajones SC
1221 Limpieza y acarreo PP
CARNE Y OTROS PRODUCTOS DESHIDRATADOS
1222 Controlar temperatura en el túnel C
1223 Descargar carne seca de zaranda a zorra y agregar grasa SC
1224 Pesar carne envasar en latas y pisonar a mano SC
1225 Atender máquina de envasar y de pisonar SC
1226 Controlar peso de tarros envasados SC
1227 Atender máquina remachadora SC
1228 Soldar tapas a los tarros C
1229 Soldar al vacío SC
1230 Sacar y manejar muestras, reconstruir carne deshidratada para controlar la absorción de agua, gusto y vista C
1231 Envasar y pisonar solamente SC
1232 Empaquetar mondongo en bolsita SC
1233 Revisar latas y poner en zorras SC
1234 Clavar cajones SC
1235 Acarreo y limpieza PP
1236 Soldar al vacío, arreglar cobre y aparato C
1237 Pesar mondongos SC
SUMINISTROS
1238 Apilar y sacar madera de pila en los galpones de la fábrica PP
1239 Clasificar madera sobre pila antes de entregar al aserradero SC
1240 Anotar madera recibida SC
1241 Apilar, sacar de pila cajones con hojalata y abrir cajones (combinada) SC
1242 Hacer barras, alambres y municiones de estaño C
1243 Medir y clasificar madera SC
1244 Poner hilo a marcas para cuero PP
1245 Poner hilo a obleas PP
1246 Poner discos tapas para extracto PP
1247 Cortar cartones para CC. Beef SC
1248 Clasificar bolsas vacías PP
1249 Acarreos generales y limpieza PP
1250 Inspeccionar hojalata SC
1251 Coser lonas y arpillera SC
1252 Manejar guinche carril C
1253 Abrir cajones o bultos colocando la mercadería en los estantes o en el lugar que se indique SC
1254 Acondicionar materiales en estanterías PP
1255 Atender máquina de enhebrar hilos a tarjetas SC
LLAVES Y CLAVOS
1256 Atender máquinas de hacer clavos y llaves C
1257 Limpiar y cobrear llaves SC
1258 Limpieza y acarreo PP
1259 Separar llaves y clavos mezclados por tamaños SC
1260 Cargar, descargar y atender máquina de zarandear clavos SC
1261 Revisar llaves y clavos SC
1262 Determinar porcentajes de defectuosos SC
FABRICACIÓN DE BOLSAS, ROPAS, ETC.
1263 Coser bolsas (a máquina) SC
1264 Preparar y coser tripas SC
1265 Contar producción individual SC
1266 Cambiar y limpiar estampas de la máquina de marcar SC
1267 Manejar materiales PP
1268 Limpieza y acarreo PP
1269 Abrir fardos PP
1270 Extender, marcar y cortar SC
1271 Atar y cortar hilos PP
1272 Atender máquina marcar (poner y sacar bolsas) SC
1273 Dar vuelta bolsas PP
1274 Marcar bolsas y stockinette a mano SC
1275 Cortar y coser guantes SC
1276 Cortar tripas, tragapastos y vejigas SC
1277 Pasar hilo a tarjetas PP
1278 Cortar bolsas máquina automática (atender) SC
1279 Remendar bolsas a mano SC
1280 Hacer marcas de goma E
1281 Cortar y confeccionar ropa C
1282 Remendar y acondicionar ropa a máquina o a mano SC
STOCKINETTE (HILANDERÍA)
1283 Tejedores de stockinette C
1284 Cortadores de stockinette SC
1285 Coser bolsas de stockinette SC
1286 Inspeccionar bolsas de stockinette para despachar SC
1287 Bobinar hilos SC
1288 Mecánico de máquina de tejer E
1289 Limpieza y acarreo PP
1290 Pesar y abrir cajones SC
1291 Pesar producción y devanadora SC
1292 Mecánico tejedor E
ASERRADERO
1293 Apilar y sacar madera de olla en los galpones PP
1294 Recibir madera serruchada de la sierra cilíndrica SC
1295 Cepillar madera, atender y alimentar C
1296 Recibir madera a la salida de la cepilladora PP
1297 Operador de sierra péndulo E
1298 Operador de sierra circular E
1299 Operador de sierra sin-fin E
1300 Operador de sierra cilindro E
1301 Afilar sierras E
1302 Ayudante afilador de sierras C
1303 Ayudante operador de sierras SO
1304 Sacar clavos PP
1305 Revisar maderas (recortes) SC
1306 Abastecer troncos PP
1307 Embolsar aserrín y coser bolsas PP
1308 Acarreo y limpieza PP
1309 Hacer paquete de madera C
1310 Manejar tronzadora C
1311 Retirar de tranzadora SC
FABRICACIÓN DE CAJONES
1312 Atender máquina marcadora y cambiar marcar C
1313 Armar y clavar cajones en las máquinas clavadoras y armado completo a mano (individualmente o en serie) C
1314 Clavar palitos de cabezales en máquina clavadora SC
1315 Clavar flejes a los cajones SC
1316 Revisar y reparar cajones y esqueletos en la línea SC
1317 Reparar cajones usados SC
1318 Manejar máquina de clavar cajones, revisar y reparar cajones y esqueletos en la línea, reparar cajones 2° mano (trabajo combinado) SC
1319 Acarrear tapas de cajones a los distintos departamentos PP
1320 Cargar cajones en zorra PP
1321 Fichar partes de cajones con clavos de dos puntas a máquinas SC
1322 Peón en la marcadora PP
1323 Poner tapas línea de clavar PP
1324 Revisar cabezales SC
1325 Marcar letras con estampas SC
1326 Cortar flejes PP
1327 Hacer agujeros a cajones PP
1328 Cajoneros a mano SC
1329 Reforzar cabezales a mano SC
1330 Acarreo y limpieza PP
1331 Manejar transferencias SC
1332 Revisar maderas largas en galpón SC
1333 Despachar cajones para los departamentos SC
1334 Recibir madera cortada después de la sierra y estibarla por medida (Cabezales, costados, tapas y fondos) SC
1335 Sacar de estiba, cargar en zorra, acarrear y colocar madera al lado de las máquinas clavadoras de acuerdo al pedido SC
1336 Recibir pedido, elegir fondos, cabezales y costados del cajón y tapas que corresponde, contarlos para formar paquetes, numerarlos y anotar en la orden respectiva C
1337 Hacer paquetes de madera para cajones, cargar y entregar para sucursales y otras fábricas SC
1338 Recibir y separar tapas, fondos, costados y cabezales de distintas marcas y medidas provenientes de otras fábricas SC
TONELERÍA
1339 Dar vapor y cerrar lazo SC
1340 Pasar por los fuegos SC
1341 Emparejar SC
1342 Moldear SC
1343 Poner fondo SC
1344 Poner fondo-ayudante PP
1345 Sacar molde de cabeza PP
1346 Tornear y cepillar SC
1347 Apretar arcos SC
1348 Agujerear y formar arcos SC
1349 Máquina de chanflear (cabezas) SC
1350 Manejar máquina de remachar y acampanar arcos SC
1351 Atender máquina de tornear fondos SC
1352 Agujerear duela ancha del barril SC
1353 Revisar barriles SC
1354 Clavar arcos y apilar barriles SC
1355 Formar duelas y cabezas en la sierra sin-fin C
1356 Doblar duelas para cascos de curtiembre SC
1357 Manejar plana para hacer junta a duelas C
1358 Reapretar arcos SC
1359 Pintar y marcar barriles SC
1360 Reparar barriles en tripería C
1361 Reparar barriles en Sweet Pickle C
1362 Reparar barriles en Oeleo Dept. C
1363 Silicatear y revisar barriles SC
1364 Juntar duelas para armar barriles PP
1365 Reparar arcos de 2° mano SC
1366 Estibar barriles, sunchos y duelas PP
1367 Lavar y esterilizar cascos PP
TONELERÍA (tareas transferidas a Ingeniería)
1386 Hacer duelas, tapas, fondos y armar a mano Especializado
1369 Formar y reparar cascos y barriles 2° mano Ofic. 1a
1370 Armar pipones y barriles tamaños extraordinarios nuevos o usados Ofic. 1a
1371 Realizar sólo los trabajos completos necesarios para construir barriles, pipones cascos, etc., de todas las formas y tamaños, fuera de los que se hacen en serie, en forma que una vez recibidos capacidad de formato, haga las planillas para confeccionar el envase, determinando la cantidad de duelas y diámetro de cabeza y barriga, condicionando los hierros y herramientas necesarios para fabricar el envase, como ser: jableadora, maquinillas, pulidoras, etc. y manejar y colocar las herramientas en las máquinas, como ser; garlopas, cepilladoras, etc. Especializado (1)
1372 Limpieza y acarreo PP
1373 Armar cascos o barriles con duelas no numeradas o marcadas C
1374 Armar cascos o barriles con duelas numeradas o marcadas SC
JABONERÍA
1375 Ayudante jabonero C
1376 Atender cocimiento de jabón C
1377 Batir jabón SC
1378 Armar, llenar y desarmar molde de enfriar SC
1379 Cortar moldes en planchas SC
1380 Cortar planchas en barras SC
1381 Operador de la máquina de estampar jabón SC
1382 Preparar solución C
1383 Manejar material crudo en el depósito PP
1384 Clavar y alambrar cajones SC
1385 Encajonar PP
1386 Despachante SC
1387 Peón del despachante PP
1388 Jabonero práctico E
1389 Preparar medidas máquina cortar SC
1390 Despachante obrero SC
1391 Acarreo y limpieza PP
1392 Empaquetar jabón en polvo PP
1393 Alimentar máquina jabón en polvo PP
1394 Zarandear jabón en polvo PP
1395 Encajonar jabón en polvo PP
1396 Vaciar tambores de borra PP
1397 Rodar tambores y apilar SC
1398 Alimentar máquinas de secar PP
1399 Armar y cerrar moldes de cartón PP
1400 Atender molino polvo pulidor SC
1401 Atender mezcladora pulidor SC
1402 Soplar jabón en la torre SC
1403 Control peso jabón en polvo SC
1404 Bombear jabón a batidor SC
1405 Cocinar borra C
1406 Derretir sebo en la pileta SC
1407 Inspeccionar jabón antes de estampar SC
1408 Estampar barra de jabón en máquina a pedal SC
1409 Soldar tapa de las latas de jabón líquido SC
GLICERINA
Operador principal de las evaporadoras C
Evaporar lejía C
Atender prensas de filtro SC
1413 Llenar tambores de glicerina incluyendo pesar y marcar tambores vacíos SC
1414 Apilar tambores y secar de pila SC
1415 Acarreo y limpieza PP
1416 envasar glicerina SC
ALMACENES
1417 Limpieza y acarreo PP
1418 Despachante obrero SC
1419 Reparar botas y zuecos C
1420 Pintar delantales con aceite de linaza SC
LAVAR Y PINTAR CUEROS LANARES
1421 Recibir cueros frescos de la Playa de Capones, medir, pesar y clasificar, cargar en noria C
1422 Recibir cueros en la punta de la noria y cargarlos en pileta de remojo SC
1423 Sacar cueros de piletas PP
1424 Operador máquina lavar cueros SC
1425 Manejar centrífuga SC
1426 Cargar cueros a centrífuga y contar SC
1427 Descargar cueros de centrífuga PP
1428 Pintar cueros SC
1429 Acarrear cueros pintados a la Camarita y colgar en ganchos SC
1430 Preparar y distribuir depilatorio C
1431 Descarnar cueros para exportación C
1432 Contar cueros clase por clase y acarrear a pintores SC
1433 Acarrear cuero a pintores PP
1434 Descargar cueros de centrífuga y llevar al clasificador PP
1435 Salar cueros de lanares SC
1436 Estaquear cueros con lana para secar SC
1437 Inspeccionar cueros secos SC
1438 Revisar y cortar cueros secos antes de enfardar SC
1439 Desenganchar cueros secos PP
1440 Cargar y descargar cueros secos PP
1441 Preparar en pileta solución de oropén y salmuera C
PELAR CUEROS Y SECAR LANAS
1442 Clasificador de lana - Hombres E
1443 Clasificador de cueros E
1444 Peladores E
1445 Descolgar cueros pintados y cargar en zorra según clases (trabajo hecho en cámaras) SC
1446 Acarrear y entregar cueros pintados a los peladores PP
1447 Sacar cueros de peladores, contar y anotar la producción individual SC
1448 Sacar cueros de peladores PP
1449 Recoger lana de los peladores SC
1450 Reparar canastos (canasteros) C
1451 Pesador SC
1452 Acarrear lana húmeda y seca PP
1453 Atender secadoras C
1454 Limpieza y acarreo PP
1455 Cargar secadores PP
1456 Sacar cuerpos de peladores y contar SC
CUEROS PIQUELADOS
1457 Inspector de cueros en Playa de lanares C
1458 Manejar cueros en piletas de cal SC
1459 Expurgadores SC
1460 Pasar cueros por la máquina descarnadora SC
1461 Contar, hacer paquetes de cueros piquetados, clasificados y depositarlos SC
1462 Embordalesar cueros piquelados SC
1463 Clasificar cueros piquelados E
1464 Pesar cal, anotar número y clase de cueros en pileta SC
1465 Recibir y apilar cal PP
1466 Limpieza y acarreo PP
1467 Acarrear cueros para embordalesar PP
1468 Cortar cabezas y colas a cueros piquelados SC
1469 Cocinar y secar pedazos de cuero con lana SC
1470 Lavar lana con cal en cilindro lavador y entregarla limpia a la secadora SC
1471 Poner y secar cueros de piletas de oropén y salmuera PP
LAVAR Y ENFARDAR LANA
1472 Atender máquina de lavar lana SC
1473 Cargar cajones de la máquina de enfardar lana SC
1474 Pesar y marcar fardos SC
1475 Atender prensa de enfardar SC
1476 Limpieza y acarreo PP
1477 Sacar cueros a pintores solamente PP
1478 Clasificar después de centrífuga E
1479 Atender máquina de sacar abrojos SC
1480 Sacar abrojo PP
1481 Cargar secadora solamente PP
1482 Pesador obrero SC
1483 Inspeccionar lana en secadora SC
1484 Esquilar y clasificar pelo patitas ovinos C
1485 Poner y sacar cueros de piletas de piquelado PP
1486 Zarandear cal PP
1487 Preparar muestras SC
1488 Cortar guantes SC
1489 Curtir cueros para guantes SC
1490 Acorrear lana a la prensa PP
1491 Colocar arpillera SC
1492 Pisonar carga de prensa PP
1493 Preparar flejes SC
1494 Colocar flejes SC
1495 Coser fardos SC
1496 Descargar fardos PP
1497 Acarrear fardos a la estiba PP
1498 Repeladores E
1499 Curtir cueros con lana C
1500 Peinar cueros curtidos SC
1501 Levantar cueros por clase SC
1502 Atender máquinas abridoras mezclando lanas de distintos tipos SC
CALDERAS Y SALA DE MÁQUINAS
1503 Palear material en vagones lanchas, depósitos mezclando PP
1504 Atender noria SC
1505 Clasificar bolsas vacías PP
1506 Cargar leña a bordo lanchas PP
1507 Todo trabajo con leña en tierra PP
1508 Limpieza y acarreo PP
1509 Engrasador de compresor de amoniaco C
1510 Engrasador de las máquinas de aire comprimido y vacío C
1511 Expansionistas E
1512 Atender cuarto de bombas C
1513 Atender filtro de agua de pozo SC
1514 Limpieza y manejo de aceite SC
1515 Atender tablero de electricidad E
1516 Atender temperatura en las cámaras de enfriar SC
1517 Atender temperatura en los secadores SC
1518 Atender condensadores de amoniaco SC
1519 Limpiar picos de salmuera SC
1520 Sacar nieve de los caños PP
1521 Hacer y distribuir hielo SC
1522 Cabo foguista E
1523 Foguista de petróleo C
1524 Foguista de substitutos C
1525 Atender caldera de producir gas C
1526 Mecánico de guardia en las calderas E
1527 Limpiar calderas SC
1528 Albañil de calderas E
1529 Ayudante tratamiento de agua SC
1530 Ayudante foguista SC
1531 Ceniceros PP
1532 Ayudante mecánico SC
1533 Temperaturista solamente SC
1534 Guinchero de carbón C
1535 Atender compresor de aire C
1536 Cuidar cámara de salmuera C
1537 Atender bomba de salmuera C
1538 Mantenimiento y control de temperatura de secadero SC
1539 Limpiar mecheros y alimentar petróleo a las calderas SC
1540 Atender y limpiar serpentinas y lluvia de salmuera SC
LIMPIEZA DE CALLES
1541 Jardineros y quinteros SC
1542 Trabajo de limpieza PP
1543 Cloaquista (limpieza) SC
1544 Ratoneros SC
1545 Portalanza PP
AUTOMÓVILES (interno)
1546 Manejar camión E
1547 Conductor coche de caballos SC
1548 Conductor carritos caballos, sin ata SC
1549 Lavadoras, cambiar gomas, aceite y nafta SC
1550 Acompañante camión PP
PROTECCIÓN
1551 Atender y cuidar material contra incendio C
VESTUARIOS Y TOILETTES
1552 Cuidadores PP
1553 Ordenanzas y limpieza de oficinas SC
1554 Hacer café o mate cocido para el personal SC
VENTAS POR MAYOR
1555 Conducir camión, entregar mercadería, cobrar facturas de contado, retirar envases E
1556 Acompañante chofer en entregar mercadería, no interviene en las cobranzas SC
1557 Carreras de reparto SC
1558 Acompaña vagón de ferrocarril para entregar mercadería a los representantes en las estaciones de rutas C
1559 Trabajos de carga y descarga en playa de depósitos y preparación de pedidos SC
1560 Trabajo cortar 1/2 reses en trozos para facilitar la entrega de pedidos C
1561 Limpieza general PP
1562 Acompañante chofer que interviene en la cobranza C
1563 Limpieza y acarreo PP
1564 Distribuir reparto de pedidos SC
VENTAS POR MENOR
1565 Atención al público en mostradores de atención de pedidos para personal (carnicería) E
1566 Trabajo con sierra sinfín para cortar carne en trozos C
1567 Llevar zorras con paquetes y distribuir los mismos en casilleros para ser retirados por el personal SC
1568 Empaquetar pedidos y limpieza SC
1569 Entregar paquetes en quiosco SC
1570 Empaquetar y controlar peso SC
1571 Manejar máquina cortadora de fiambre y pesar o calcular peso SC
IMPRENTA
Maquinistas
1572 Maquinista de máquina impresora plana automática con conocimiento completo de impresiones de toda clase, práctico en el desarme para limpieza y ajuste completo para el trabajo normal de su máquina MAESTRO MAQUINISTA (*)
1573 Maquinista de máquinas impresoras tipográficas automáticas (planas, minervas, para etiquetas y similares) y planas grandes no automáticas, práctico en impresiones corrientes, no capacitado para desarme y ajuste completos MAQUINISTA DE 1(*)
1574 Igual al rubro anterior, pero que necesita la ayuda directa del Supervisor o del maquinista completo. Operador a cargo de la máquina "Multilith", formato oficio MAQUINISTA DE 2°
(*)
1575 Operador a cargo de la máquina "Rotaprint", formato oficio SC O EMPLEADO DE 1°
1576 Cortador completo en guillotina automática, que hace además todos los esquemas y cálculos de corte CORTADOR DE 1º (*)
1577 Cortador completo en guillotina automática. Cortador en guillotina no automática que hace además todos los esquemas o cálculos de corte CORTADOR DE 2º (*)
1578 Cortador en trabajos simples de imprenta en cualquier tipo de guillotina CALIFICADO
1579 Cortador de cartón solamente, en cualquier tipo de guillotina o cizalla SEMICALIFICADO
1580 Rayador completo, que ejecuta todo trabajo de máquina rayadora al agua y a la vez prepara modelos y tintas MAESTRO RAYADOR
(*)
1581 Rayador completo que ejecuta todos los trabajos en máquina rayadora al agua y a la vez prepara tintas RAYADOR DE 1º (*)
1582 Ponepliegos en máquina rayadora al agua ENCUADERNADOR DE 1° CALIFICADO
(*)
1583 Encuadernador de oficio que efectúa la encuadernación completa de libros en blanco cosidos a mano con lomo de tela, confección de todo tipo de tapas incluyendo las con visagras de metal ENCUADERNADOR DE 1° (*)
1584 Encuadernador competente en los trabajos corrientes del oficio que efectúa la confección de tapas comunes forradas en tela, lona y/o papel y la preparación de libros en general ENCUADERNADOR DE 2 (*)
1585 Encuadernador auxiliar en la terminación de todo trabajo de encuadernación de oficios y que efectúa la preparación de tapas comunes CALIFICADO
1586 Encuadernación simple, emblocar, intercalar, coser, talonarlos con alambres, ojalar, redondear, perforar y similares SEMICALIFICADO
1587 Tipógrafo principal, competente en todos los trabajos de su especialidad y platina que además efectúa la distribución de todas las órdenes de trabajo a los tipógrafos y realiza la corrección completa de todas las pruebas de todos los trabajos de los mismos, y que orienta a tipógrafos ayudantes y/o aprendices MAESTRO TIPOGRÁFICO (*)
1588 Tipógrafo completo que compone planillas, estadísticas, trabajos en general de la especialidad y los de platina TIPÓGRAFO DE 1°
(*)
1589 Tipógrafo distribuidor efectivo y que también efectúa trabajos de composición platina TIPÓGRAFO DE 2°
(*)
1590 Tipógrafo ayudante, distribuidor efectivo, que necesita la orientación directa de un tipógrafo o del supervisor en los trabajos de composición CALIFICADO
1591 Ayudante maquinista C
1592 Ayudante recibir y despachar SC
1593 Acarreo, encajonar y limpieza PP
1594 Despachante papelería (Obrero) SC
1595 Intercalar y revisar impresos SC
LABORATORIO
1596 Lavado de utensilios y limpieza SC
1597 Acarreo de muestras PP
1598 Auxiliares prácticos de laboratorio SC
CÁMARA DE FRUTAS
1599 Carga y descarga PP
(*) SIN MODIFICACIONES
1600 Levantar pila y cargar en noria PP
1601 Estibar cajones SC
1602 Acondicionar fruta y reparar cajones SC
1603 Limpieza PP
FÁBRICA DE MANTECA
Cremería
1604 Batiendo crema E
1605 Neutralizar, pasteurizar C
1606 Preparar muestras de crema SC
1607 Pesar y llevar récord de tarros de crema SC
1608 Cargar máquina y cortar panes SC
1609 Cargar máquina y llenar tarros SC
1610 Clavar y alambrar cajones SC
1611 Encajonar manteca en blocks SC
1612 Cortar y pesar manteca y blocks sueltos SC
1613 Cargar en zorra y entregar a cámara y congelar PP
1614 Apilar y sacar cajones de pila en cámaras de congelar SC
1615 Marcar cajones en línea y despacho SC
1616 Vaciar tarros de crema PP
1617 Acarreo y limpieza PP
1618 Pesar, envolver y encajonar manteca SC
1619 Remachar latas SC
1620 Perforar, estampar etiquetas o envolturas PP
1621 Lavar latas vacías PP
1622 Probar y clasificar crema y preparar fermentos E
1623 Lavar tarros de crema SC
1624 Atender evaporadora de cuero C
1625 Limpieza del equipo sanitario SC
1626 Separar, colocar tarros en balanza y cantar tara SC
1627 Preparar tarros para devolución SC
1628 Empilar suero SC
ARROZ
1629 Armar cartones y pegar PP
1630 Llenar cartones PP
1631 Atender equipo de proceso C
1632 Bajar bolsas de pila, llevar a rejilla y vaciar PP
1633 Cargar bolsas en zorras, llevar y apilar PP
1634 Cargar cajones de cartón llenos en zorra, marcar fecha, pegar puntas PP
1635 Embolsas, coser y pesar bolsas de arroz o sus derivados SC
1636 Limpieza PP
1637 Arrocero técnico E
HUEVOS
1638 Empleado recibidor SC
1639 Clavar cajones SC
1640 Acarrear y apilar cajones en cámaras PP
1641 Apilar cajones en el departamento PP
1642 Clasificar y revisar con luz SC
LECHE DESHIDRATADA
1643 Catar e inspeccionar leche sin desnatar C
1644 Vaciar tarros de leche PP
1645 Atender y alimentar lavadero de tarros de leche SC
1646 Armar, atender y desarmar desnatadoras, atender pre-calentadores y serpentinas de enfriar E
1647 Pasteurizar leche desnatada C
1648 Desarmar, lavar y armar equipo sanitario de recibir y desnatar leche SC
1649 Atender el proceso de deshidratar leche. Incluye bomba de alta presión, ventiladores Ramshin y ventiladores de suministro de aire E
1650 Llenar y pesar barriles con polvo de leche SC
1651 Atender colector líquido PP
1652 Acondicionar, cerrar y reparar barriles conteniendo polvo de leche SC
1653 Desarmar, limpiar y armar el equipo para deshidratar leche SC
1654 Elaboración de caseínas (incluye cuajar leche) lavarla, prensarla y deshidratarla E
1655 Llenar y pesar bolsas con caseína SC
1656 Sacar muestras de leche SC
1667 Limpieza y acarreo PP
1658 Secar y moler caseína C
1659 Atender ciclones y motores encima del equipo de deshidratar SC
1660 Llenar latas con polvo de leche y observar SC
1661 Pesar latas, remachar, atender autoclaves, etiquetar y encajonar, clavar, alambrar y apilar SC
1662 Acarrear cajones PP
1663 Bajar tarros vacíos de leche y separarlos por cliente SC
REFINERÍA DE ACEITES
Molino de Semilla
1664 Descargar, hombrear y entregar bolsas de semillas a máquina SC
1665 Estibador, haciendo cordones de las pilas y acomodando bolsas en la pila (estibando) C
1666 Abrir bolsas y atender máquina limpiadora de semilla C
1667 Atender secadora de semillas SC
1668 Embolsar, coser y pesar el crackling molido o en trozos sin moler SC
1669 Clasificar bolsas de 2° mano PP
1670 Limpieza PP
1671 Cortar y coser bolsas de 2° mano SC
1672 Hacer análisis mecánico de semilla en el laboratorio de refinería SC
1673 Preparar y pesar muestras de semilla para ser analizada SC
1674 Atender máquina de sacudir bolsas SC
Prensas
1675 Atender descascaradoras, cocinadoras, prensas (inclusive limpiar filtros) C
1676 Limpieza PP
Refinería
1677 Atender centrífuga E
1678 Blanquear, filtrar y atender desodorizadores E
1679 Refinar en tacho E
1680 Lavar y pintar tambores SC
1681 Llenar tambores SC
1682 Pesar tambores después de llenar SC
1683 Marcar, rodar y cargar tambores llenos de aceite PP
1684 Apilar tambores SC
1685 Lavar lonas de prensa SC
1686 Clavar y alambrar esqueletos y cajones SC
1687 Lavar botellas y damajuanas SC
1688 Limpieza y acarreo PP
1689 Apilar cajones o esqueletos PP
1690 Llenar tarros, botellas o damajuanas PP
1691 Remachar SC
1692 Limpiar latas o botellas llenas PP
1693 Revisar botellas llenas con luz SC
1694 Pegar etiquetas y encajonar SC
1695 Encajonar latas PP
1696 Armar bolsitas de hojaldrina PP
1697 Cerrar bolsitas y encajonar PP
1698 Atender máquina de hojaldrina y llenar SC
1699 Soldar tapitas a latas de 16 y 20 kilos C
1700 Reparar cajones SC
1701 Llenar barriles de hojaldrina SC
1702 Manejo de cajones vacíos PP
1703 Clavar barriles de hojaldrina SC
1704 Clasificar cajones usados SC
1705 Clasificar botellas usadas SC
1706 Armar divisiones de cartón (llevando control) SC
1707 Clasificar tambores apilando SC
1708 Atender bomba de Foots SC
Prensado en Frío
1709 Trabajos relacionados con el enfriamiento de aceite C
1710 Limpieza PP
PLANTA DE EXTRACCIÓN
1711 Atender equipo de las secciones extracción, secado, destilación y recuperación en la planta de extracción E
PREPARACIÓN DE GLÁNDULAS PARA MEDICINA
1712 Trabajos generales prácticos SC
1713 Limpieza y acarreo PP
MECÁNICA (INGENIERÍA)
1714 Pañolero SC
1715 Ayudante herrador SC
1716 Arenadires SC
1717 Ascensoristas SC
1718 Ayudante ascensoristas PP
CAMPBELL SOUP (SWIFT)
1719 Acarrear carne vacuna cocida antes de ser recortada PP
1720 Descargar de zorra a mesa trozos de carne cocida para recortar, tomar lienzo, mojarlo, retorcerlo y extenderlo sobre la carne en la mesa. Sacar recortes de sobre la mesa y poner la zorra PP
1721 Recortar trozos (Usar cuchillos) SC
1722 Acarrear trozos de carne al Depósito PP
1723 Tomar cajones vacíos, tomar tara, colocar papeles, encajonar productos, clavar, alambrar, pesar, marcar dejándolos en condiciones SC
1724 Supervisar trozos para el "Campbell Soup" E
1725 Lavar y esterilizar trapos y bandejas SC
1726 Recibir carne, colocar en moldes y luego sobre cañerías de enfriar C
1727 Tarar, marcar y forrar cajones vacíos, recibir y apilar cajones vacíos SC
1728 Sacar bandeja con carne de sobre las cañerías de enfriar cargar onas y llevar. Encajonar, acomodar y apisonar carne en el cajón, rechazando trozos sucios y con grasas C
1729 Clavar tapa, alambrar y cargar cajones en zorra PP
1730 Acarrear y cargar cajones en cámaras congeladoras SC
1731 Descargar cámaras congeladoras y llevar cajones a cámaras depósito PP
1732 Esterilirizar zorras y útiles, limpieza del lugar de trabajo SC
PERSONAL DE INGENIERÍA
OFICIOS QUE PUEDEN PROMOVERSE HASTA LA CATEGORÍA DE ESPECIALIZADOS
Mecánica General: Matricero - Ajustador - Fresador - Tornero - Balance - Pillador - Relojero - Grabador - Mecánico de máquinas y motores mentistas - Manometristas - Termostato - Mecánico de remachadoras (envases).
Metalúrgicas: Calderero - Fundidor - Herrero - Hojalatero - Cañista - Soldador (eléctrica o autógena) - Fraguador y Cerrajero. Electricidad: Electricista - Bobinador - Electricista de teléfono.
Construcción: Carpintero (ebanista y modelista) - Albañil - Pintores (letrista y de profesión). Talabartería: Talabartero.
El número de especializados en cada oficio, no podrá exceder del 10% del total de los oficiales de 1° que revistaren en cada uno de los mismos.
OFICIOS QUE NO PUEDEN PROMOVERSE A LA CATEGORÍA DE ESPECIALIZADOS CATEGORÍA MÁXIMA A QUE PUEDEN LLEGAR
Mecánicos departamentales ESPECIALIZADO
Armadores ESPECIALIZADO
Metalizadores OFICIAL DE 1°
Pintores comunes a mano y máquina CALIFICADO EN FÁBRICA (*)
Emgrasadores departamentales OFICIAL DE 2°
Herrador de caballos ESPECIALIZADO
Vidriero OFICIAL DE 2°
Control de Balanzas OFICIAL DE 2°
Cablistas OFICIAL DE 1º
Amiantistas y forra caños CALIFICADO EN FÁBRICA (*)
Afilador de discos y cuchillas OFICIAL DE 2°
Encargado sistema Spinkleres OFICIAL DE 1°
Operador de máquina de punzar OFICIAL DE 1°
Reparador de zorras OFICIAL DE 1°
Grampista CALIFICADO EN FÁBRICA (*)
Arenadores 1/2 OFICIAL
Pañoleros 1/2 OFICIAL
EMPLEADOS SIN CARGO
OFICINA DE TIEMPO
1 Chapero (entrega chapa, registra horas, entrada y salida) 4
2 Apuntador que no liquida 4
3 Liquidador de jornales 6
4 Apuntador liquidador de jornales 6
5 Revisador de reportes 5
6 Confección de tarjetas 3
7 Copista de libros de sueldos y jornales ya liquidados 5
8 Control de tarjetas reloj 4
9 Archivistas 3
10 Empleados de Accidentes de Trabajo (Liquidadores) 5
11 Empleados de Jubilaciones (Liquidadores) 5
12 Empleados de Vacaciones (Liquidadores) 5
13 Empleados de Maternidad 4
14 Empleados de Drawback 4
15 Empleados de Seguros Colectivos 4
16 Empleados de Embargos 4
17 Empleados de Libros Control ley 15544 4
18 Auxiliares (trabajos arriba mencionados) que calculan 4
19 Auxiliares (trabajos arriba mencionados) que no calculan 3
20 Addessograph 3
21 Dactilógrafo (un idioma) 3
22 Dactilógrafo (dos idiomas) 5
23 Taqui-Dactilógrafo (un idioma) 4
24 Taqui-Dactilógrafo (dos idiomas) 5
25 Estadísticas 4
26 Máquina copiadora 3
27 Calculistas a máquina 4
28 Control fichas o libretas compras de mercaderías 3
29 Apropiación y distribución de jornales (Transferencias) 5
OFICINA CONTROL JORNALES Y PAGOS
30 Controles de jornales, vacaciones, accidentes, etc. 6
31 Calculistas 4
32 Control de tarjetas de tiempo 4
33 Control de base de jornales 4
34 Control standard y destajo 4
35 Pagadores permanentes 5
36 Dactilógrafos 3
37 Archivistas 3
CAJA PRINCIPAL
38 Cajero segundo 6
39 Cajero caja chica 5
40 Auxiliar 1° (Pagos generales) 5
41 Auxiliar 2° (Plantillas entradas y salidas, depósitos bancarios) 4
42 Auxiliar 3° (Atención mostrador, hacer cheques, boletas depósitos y trabajos menor categoría) 3
43 Cajeros Ventas por Mayor 6
44 Cajeros Ventas por Menor 5
FINANZAS
45 Auxiliar 1° Control de cambios y embarques 6
46 Auxiliar 2° 5
47 Auxiliar 3° 4
48 Auxiliar 4° 3
EMBARQUES - MARÍTIMA Y FACTURACIÓN:
LOCAL Y EXTERIOR
49 Auxiliar Mayor (Control final de facturación y documentos exportación) 6
50 Hacer especificaciones, sumar y llenar certificados embarque y ganadería 4
51 Confeccionar documentos de embarques 5
52 Calcular facturas moneda nacional 4
53 Calcular facturas moneda extranjera y reservas en general 5
54 Liquidación de fletes 5
55 Estadísticas 4
56 Libro de Ventas 4
57 Dactilógrafo (un idioma) 3
58 Dactilógrafo (dos idiomas) 4
59 Archivistas 3
60 Copiar a máquina facturas moneda nacional, extranjera y especificaciones 3
61 Pasar a máquina documentos consulares y otros 4
TRÁMITES ADUANEROS
62 Auxiliar Mayor (Importación y Exportación) 6
63 Auxiliar 1° (exportación solamente) 5
64 Auxiliar de los trabajos de Importación y Exportación 5
65 Auxiliar de los trabajos de Exportación solamente 4
COSTOS DE MATANZAS
66 Sumar romaneos y pasar a planillas 4
67 Liquidación de haciendas 5
68 Liquidación de haciendas de J. N. de Carnes 5
69 Costo de haciendas (Troop Costage) 5
COSTOS DEPARTAMENTALES
70 Distribución de gastos 5
71 Distribución de ventas locales (Análisis de las mismas) 4
72 Distribución de ventas exterior (Análisis de las mismas) 5
73 Asignar precios 5
74 Calcular inventarios y transferencias 4
75 Llevar libros de stock 4
76 Llevar libros de stock, controlar producciones e inventarios 6
77 Costos finales de producción 6
78 Preparación de costos parciales de fábrica 5
79 Márgenes de ventas Abastos 5
80 Auxiliares 1° de los trabajos arriba mencionados 5
81 Auxiliares 2° de los trabajos arriba mencionados 4
82 Archivistas 3
83 Dactilógrafos 3
84 Revisores de producción y existencias 5
85 Revisores de trabajos standard y Oficina de Tiempo 6
86 Costos de Departamentos de Servicio 6
87 Resultados finales de explotación 6
88 Márgenes de Ventas 5
89 Auxiliares de Márgenes de Ventas 4
TENEDURÍA DE LIBROS EN GENERAL
90 Auxiliar para Balance General Financiero 6
91 Auxiliar para Estado de Ganancias y Pérdidas 6
92 Auxiliar para Estado Financiero 6
93 Auxiliar para leyes impositivas (Capital en giro, impuesto a las ventas, réditos y herencia) 6
94 Auxiliar para Impuestos Municipales, Tasas, etc. 4
95 Auxiliar para Intereses Bancarios y descuentos 6
96 Auxiliar para Libro Mayor 5
97 Auxiliar para Libro Diario (pasar comprobantes) 4
98 Libro Cuentas Corrientes (exterior solamente) 5
99 Libro Cuentas Corrientes (locales solamente) 5
100 Libro Deudores Varios 4
101 Reconciliaciones de Bancos 5
102 Libro de Inversiones 5
103 Reconciliaciones en general y con sucursales 5
104 Libro de Ventas Locales (pasar facturas) 4
105 Libro de Ventas Depósitos (pasar facturas) 4
106 Libros de Compras de haciendas (liquidaciones) 5
107 Revisación t distribución Libros de Caja 5
108 Libro de caja entradas 4
109 Libro de Acreedores Varios 5
110 Auxiliar 1° de los trabajos arriba mencionados 5
111 Auxiliar 2° de los trabajos arriba mencionados 4
112 Auxiliar 3° de los trabajos arriba mencionados 3
113 Seguros General (Edif. Máq. Existencias, etc.) 6
114 Calculistas moneda nacional 4
115 Calculistas moneda extranjera 5
116 Dactilógrafo (un idioma) 3
117 Dactilógrafo (dos idiomas) 4
118 Archivistas 3
119 Reconciliaciones de reservas, fletes, seguros, etc. 5
120 Libros de Cuentas a pagar 5
DESEMBOLSO (ÓRDENES DE PAGO)
121 Pagos y Control de Importación 6
122 Costos de Importación 6
123 Pagos y Control de Haciendas 5
124 Pagos y Control de Materiales 5
125 Pagos y Control de productos y materias primas 5
126 Pagos y Control de Derechos Aduaneros 5
127 Pagos y Control de Fletes 5
128 Verificación de tarifas y pagos de Fletes 5
129 Pagos y Control de Servicios 5
130 Hacer cheques 3
131 Distribución de compras 5
132 Libro de Salidas desembolso 5
133 Libro de Cuentas a Pagar 5
134 Facturación y Control almacenaje frigorífico 6
135 Reclamos 4
136 Liquidación de comisiones comunes 4
137 Calcular facturas moneda nacional 4
138 Dactilógrafos (un idioma) 3
139 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
140 Archivistas 3
141 Auxiliares 1° de los trabajos arriba mencionados 5
142 Auxiliares 2° de los trabajos arriba mencionados 4
143 Auxiliares 3° de los trabajos arriba mencionados 3
144 Calculistas a máquina 4
145 Bonificaciones Abasto 5
146 Revisación y distribución de cajas 5
147 Libro de Acreedores Varios 4
148 Hacer órdenes de pagos 3
149 Liquidaciones de Comisiones de corredores y agentes 5
RECEPCIÓN DE PRODUCTOS Y MATERIALES
150 Revisadores principales de controles 5
151 Pasaje de haciendas 5
152 Recibidores de mercaderías y productos 5
153 Verificación de kilajes y bultos 4
154 Auxiliares de Oficina de recibo 4
155 Pesadores de mercaderías y productos 4
156 Archivistas 3
157 Dactilógrafos (un idioma) 3
158 Dactilógrafo (dos idiomas) 4
EXPEDICIÓN DE PRODUCTOS Y MATERIALES
159 Controles de salidas de mercaderías y productos 4
160 Verificación de mercaderías y productos 4
161 Revisadores principales de controles (Spot Check) 5
162 Auxiliares de oficina 4
163 Pesadores de mercaderías y productos 4
164 Archivistas 3
165 Dactilógrafos (un idioma) 3
166 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
167 Coordinador de transportes para camiones, ferrocarril y fluvial 5
TRÁFICO (FERROCARRILES)
168 Hacer cartas de porte y guías 3
169 Hacer fojas de ruta 4
170 Cálculo de fletes de las mismas 4
171 Verificación de tarifas y facturas 5
172 Reclamos 4
CUENTAS CORRIENTES
(VENTAS MAYORISTAS Y MINORISTAS)
173 Auxiliares para Balance General 5
174 Auxiliares para Libro Mayor 5
175 Auxiliares para Libro cuentas corrientes 4
176 Reconciliaciones de Cuentas 4
177 Impuestos Municipales y Tasas 5
178 Cuenta Correntista máquina y mano 5
179 Máquina addressograph 3
180 Informes Comerciales (pedidos) 3
181 Verificación de estado de créditos 5
182 Facturistas 4
183 Márgenes de venta 5
184 Revisación de precios en facturas o pedidos 4
185 Auxiliar del adjudicador de créditos 5
186 Distribución de ventas a mano o máquina y análisis de las mismas 4
187 Reclamos y notas de créditos 5
188 Recibidor de pedidos por teléfono 3
189 Balance general final y resultado financiero 6
190 Auxiliar para Balance general final y resultado financiero 5
191 Auxiliar 2° de los trabajos arriba mencionados 4
192 Auxiliar 3° de los trabajos arriba mencionados 3
193 Dactilógrafo (un idioma) 3
194 Dactilógrafo (dos idiomas) 4
195 Archivistas 3
196 Control planillas cobranzas 4
197 Operador de máquina perforadora para distribución 3
VENTAS AL DETALLE
198 Tomar pedidos y hacer boletas 3
199 Tomar pedidos, hacer boletas y calcular 4
200 Control y transferencia de productos 4
201 Cuenta correntista 4
OFICINA DE LIQUIDACIÓN Y PAGOS DE SUELDOS
202 Control sueldos y apropiaciones 6
203 Liquidación sueldos y jubilaciones 5
204 Cuenta Correntista 4
205 Libro ley 11729 4
206 Vacaciones 4
207 Maternidad 4
208 Seguros colectivos 4
209 Embargos 4
210 Control y Liquidación gastos viajes al exterior 5
211 Informes confidenciales 5
212 Seguros Fidelidad 5
213 Registro impuesto a los réditos 4
GOBIERNO Y ESTADÍSTICAS
214 Control de Cambios y Control de Embarques 6
215 Control de impuesto a las ventas 6
216 Planillado (Art. 8) J. N. Carnes (Compras) Completo 5
217 Planillado J. N. Carnes (Matanzas) 5
218 Estadísticas anuales, mensuales, etc. 5
219 Control y reconciliación final subsidio J. N. Carnes 5
220 Calculistas 4
221 Dactilógrafos (un idioma) 3
222 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
223 Archivistas 3
PRUEBAS Y RENDIMIENTOS
224 Efectuar y rendimientos 6
PAPELERÍA
225 Control y distribución de papelería 4
226 Auxiliar 3
PERSONAL DE SERVICIO
227 Porteros de oficina 3
228 Ordenanzas 3
229 Archivistas 3
230 Telefonistas (atención conmutador interno) 4
ALMACENES
231 Avaluación de materiales y equipo 6
232 Control de materiales y stock para efectuar órdenes de compra 5
233 Revisor inventarios y existencias 4
234 Control de stock 4
235 Tomar inventario y ajuste de stock (permanente) 5
236 Inventariador permanente 4
237 Control órdenes de importación 5
238 Llevar libros de stock 4
239 Registrar órdenes de compra 3
240 Calculistas 4
241 Auxiliar 1° Contabilización final obras nuevas y reparaciones (presup.) 6
242 Resumen, distribución y cargos de salidas 5
243 Auxiliares 2° de los trabajos arriba mencionados 4
244 Auxiliares 3° de los trabajos arriba mencionados 3
245 Dactilógrafos (un idioma) 3
246 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
247 Archivistas 3
248 Despachante de materiales y útiles (empleado) 4
OFICINA DE EFICIENCIA Y STANDAR
249 Costo de labor 6
250 Distribución de cargos de administración y jornales 6
251 Comparativos de costos de labor 6
252 Análisis de costo de mano de obra 5
253 Contralor general (auditor) SW 6
254 Dibujantes de Stencil y Rotaprint 5
255 Ayudantes de dibujantes de Stencil y Rotaprint 4
256 Calculistas 4
257 Control Departamental 5
258 Apuntadores de producción 4
259 Taqui-Dactilógrafos (un idioma) 4
260 Taqui-Dactilógrafos (dos idiomas) 5
261 Dactilógrafos (un idioma) 3
262 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
263 Estadísticas 4
264 Archivistas 3
265 Inspección de Agua, Vapor y Luz 5
266 Ayudante 4
267 Estimar costos de producción (mano de obra) 5
268 Control de horas trabajadas 4
269 Rendimientos de productos 5
270 Tarjetas de clasificación de personal 4
SECRETARÍA DE GERENCIA
271 Ayudante de Secretario 5
272 Cables (dos idiomas) 5
273 Taqui-Dactilógrafos (un idioma) 4
274 Taqui-Dactilógrafos (dos idiomas) 5
275 Dactilógrafos (un idioma) 3
276 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
277 Auxiliares 2° 4
278 Auxiliares 3° 3
279 Archivistas 3
ABASTO
280 Distribuidor de carne a compradores 5
281 Entrega de menudencias a compradores 4
282 Pesadores 4
283 Hacer boletas de venta 3
284 Calculistas y facturistas 4
285 Control de entradas y salidas de mercaderías 4
286 Estadísticas 4
287 Tomar pedidos (teléfono) 3
288 Disposición de reses para reparto 5
289 Impuestos Municipales y tasas 4
290 Auxiliares 1° de los trabajos arriba mencionados 5
291 Auxiliares 2° de los trabajos arriba mencionados 4
292 Auxiliares 3° de los trabajos arriba mencionados 3
293 Dactilógrafos 3
294 Archivistas 3
295 Distribuidor de carnes a carnicerías propias 5
296 Distribuidor de menudencias 4
297 Distribuidor de otros productos 4
298 Calculistas 4
299 Facturistas 4
300 Auxiliares 2° 4
301 Auxiliares 3° 3
302 Dactilógrafos (un idioma) 3
VENTAS LOCALES
303 Tomar pedidos (teléfono) 3
304 Control de salidas de mercaderías 4
305 Control libros de precios 4
306 Atención Corredores 4
307 Estadísticas 4
308 Facturistas 4
309 Ventas directas al cliente comerciante 5
310 Taqui-Dactilógrafos (un idioma) 4
311 Taqui-Dactilógrafos (dos idiomas) 5
312 Dactilógrafos (un idioma) 3
313 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
314 Archivistas 3
315 Pesadores 4
316 Atención ventas locales en general y cambios de precios 6
317 Atención y despacho órdenes de campaña 5
318 Auxiliar del Superintendente de ventas (trabajos generales) 5
319 Disposición de pedidos para reparto 5
OFICINA DE SUPERINTENDENCIA O GERENCIA
320 Ayudante del Secretario del Superintendente de Fábrica (SW -A) 5
321 Asuntos Legales 6
322 Auxiliar principal de Análisis de Sugestiones (SW) 6
323 Auxiliar 2° de Análisis de Sugestiones (SW) 5
324 Auxiliar 3° de Análisis de Sugestiones (SW) 4
325 Auxiliares de trabajos generales de standarización de suministros 5
326 Auxiliar de Compras de Suministros (SW) 5
327 Control de Sanidad (SW) 6
328 Pruebas generales (SW) 5
329 Auxiliar de Reclamos (Discrepancias) (SW) 5
330 Distribución de correspondencia (SW) 3
331 Estadísticas 4
332 Taqui-Dactilógrafos (un idioma) 4
333 Taqui- Dactilógrafos (dos idiomas) 5
334 Dactilógrafos (un idioma) 3
335 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
336 Archivistas 3
337 Secretario de Oficina de Divisional 5
338 Auxiliar de Secretario de Oficina de Divisional 4
339 Coordinador entre Sucursales y Fábricas (AR) 5
340 Inspectores de productos y pasos 5
341 Llevar libros de especificación de materiales y productos 4
342 Rendimientos de productos 5
343 Costos de departamentos de servicios (mano de obra) (LN-W) 5
344 Distribución de pedidos de conservas, chanchería, aves, etc., para el exterior (LN) 5
345 Sumar romaneos y copiarlos a máquina para facturación (LN) 4
346 Revisación de bultos y marcas (LN) 4
COORDINACIÓN
347 Coordinación de embarques de productos, etc. 5
348 Atender órdenes de reparaciones (hacer recomendaciones) 5
349 Inspector de productos y pesos 5
350 Estadísticas y registros órdenes pendientes 4
351 Control de temperatura 4
352 Auxiliar preparar muestras 3
353 Dactilógrafos (un idioma) 3
354 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
355 Archivistas 3
OFICINA QUÍMICA
356 Analistas prácticos 5
357 Auxiliar analista de 1° 4
358 Auxiliar analista de 2° 3
359 Sacar y preparar muestras 3
360 Bibliotecario químico 5
361 Taqui-Dactilógrafo (un idioma) 4
362 Taqui-Dactilógrafo (dos idiomas) 5
363 Dactilógrafos (un idioma) 3
364 Dactilógragos (dos idiomas) 4
365 Archivistas 3
Auxiliar de contralor de pruebas y ensayo 5
OFICINA TÉCNICA - SALA DE MÁQUINAS Y MECÁNICA
366 Dibujante lineal 5
367 Auxiliar de dibujante lineal 4
368 Copista (sacar copias a máquinas) 3
369 Tramitación de estimados de obras 5
370 Distribución de consumo de combustible, agua, vapor, KW, gas, refrigeración, etc. 5
371 Pasar a máquina presupuestos y lista de trabajo terminados 4
372 Alocación de obras y control presupuestos 4
373 Corresponsal (dos idiomas) 5
374 Taqui-Dactilógrafos (un idioma) 4
375 Taqui-Dactilógrafos (dos idiomas) 5
376 Dactilógrafos (un idioma) 3
377 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
378 Archivistas 3
379 Atención stock y consumo de combustible, calcio, amoníaco, lubricantes y sal 5
380 Registro de presupuestos y verificación hora marcha máquinas 4
381 Inventarista de plata (obras en construcción) 5
382 Atención de costo de órdenes de reparaciones 4
383 Atención de costo de obras nuevas 4
384 Atención de especificación de materiales 4
385 Auxiliar principal de oficina 6
386 Auxiliar de 1° oficina 5
387 Alocación de materiales y mano de obra 4
388 Estudio de sugestiones 5
389 Pruebas de consumo de energía y refrigeración 6
390 Ayudante de pruebas de consumo de energía y refrigeración 4
EMPLEADOS DEPARTAMENTALES
391 Tiempo y transferencias de jornales (si liquida) 5
392 Ayudante de tiempo y transferencias de jornales 3
393 Llevar libros de stock 4
394 Llevar libros de stock, controlar producción e inventarios 6
395 Auxiliares de 2° 4
396 Auxiliares de 3° 3
397 Archivistas 3
398 Empleados relevantes permanentes 6
OFICINA DE RELACIONES INDUSTRIALES
399 Auxiliar de 1° (manejo asuntos obreros y relaciones) 6
400 Auxiliar de 2° (del trabajo arriba mencionado) 5
401 Inspector de seguridad 5
402 Visitadores 5
403 Manejo de embargos, estadísticas 4
404 Taqui-Dactilógrafos (un idioma) 4
405 Taqui-Dactilógrafos (dos idiomas) 4
406 Dactilógrafos (un idioma) 3
407 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
408 Archivistas 3
409 Nurses de Sala de Cuna 3
OFICINA ASESORA DEL PERSONAL Y PREVISIÓN DE ACCIDENTES
410 Auxiliar 1º Atender reclamos individuales de obreros, verificación de vales para elementos de protección 5
411 Auxiliar 2º Estadísticas y gráficos de propaganda, entrega de elementos de protección y control de devoluciones 4
412 Registro de entrega 4
OFICINA PERSONAL
413 Recopilación de datos e informes para Asuntos Legales sobre demandas y correspondencia en general 5
414 Liquidación de indemnizaciones de accidentes y atención embargos 5
415 Confección de fichas, transferencias, cambios de sueldos, estadísticas, antigüedad y movimiento de personal 4
416 Auxiliar 1º de Oficina 5
417 Auxiliar 2º (de los trabajos arriba mencionados) 4
418 Auxiliar 3º (de los trabajos arriba mencionados) 3
419 Corresponsal (dos idiomas) 5
420 Corresponsal (un idioma) 4
421 Dactilógrafos (un idioma) 3
422 Dactilógrafos (dos idiomas) 4
423 Archivistas 3
SALA DE PRIMEROS AUXILIOS
424 Enfermeros de segunda 4
425 Ayudante de enfermería 3
426 Auxiliares 1º de oficina 5
427 Auxiliares 2º de oficina 4
PROTECCIÓN Y VIGILANCIA
428 Auxiliar principal 5
429 Auxiliar del arriba mencionado 4
430 Revisor de Instalaciones de Incendio 4
431 Dactilógrafo (un idioma) 3
432 Conservación de equipos de incendio 3
INSPECCIÓN VETERINARIA
433 Auxiliar 1º 5
434 Auxiliar (registrando matanzas y planillados) 4
435 Auxiliares (libro de inspección, archivo y certificados) 4
EMBARQUES EN GENERAL
436 Apuntadores 4
437 Pesadores 4
438 Control de pesadores 4
439 Marcadores 3
440 Hacer romaneos y sumar 4
441 Planista de abordo 5
442 Confección de planillas para J. N. Carnes 5
443 Auxiliar de oficina 4
444 Coordinador de órdenes 5
CÁMARAS FRÍAS
445 Informe diario de stock y ventas 4
446 Control de suministros 4
447 Control de eficiencia 5
448 Control de temperatura de carnes y cámaras 4
449 Control de estibas y planos de depósitos 3
CLASIFICADORES DE CARNE
450 Playa de Vacunos 6
451 Playa de Lanares 5
452 Playa de Cerdos 5
453 Ayudante Playa de Vacunos 5
454 Ayudante Playa de Lanares 4
455 Ayudante Playa de Cerdos 4
OFICINA DE PLAYAS
456 Ayudante de Oficina del divisional 5
457 Auxiliares de Oficina 4
OFICINA DE MENUDENCIAS
458 Auxiliar de Oficina 4
OFICINA DE CORRALES
459 Auxiliar de Oficina 4
OFICINA DE TRIPERÍAS
460 Auxiliar de Oficina 4
OFICINA DE PORCINOS (DIVISIÓN COMPLETA)
461 Calcular costos de producción 6
462 Auxiliares de Oficina 4
463 Auxiliar (hacer pedidos de suministros, transferencias y llevar registro de elementos de trabajo) 3
OFICINA DE CONSERVAS
464 Calcular costos de producción 6
465 Apuntador de cocimientos 4
466 Apuntador curación "Harvard" 4
467 Atención fórmulas de producción 4
468 Auxiliar de Oficina 4
PINTURA Y ETIQUETADA
469 Pedidos y registro de cajones vacíos 3
470 Verificación de tarros defectuosos 4
471 Planilla de drawback (parcial) 5
472 Auxiliar 4
FÁBRICA ENVASES HOJALATA
473 Calcular costos de producción 3
474 Inspector de envases en fabricación y terminados 4
475 Planilla de drawback (parcial) 5
476 Auxiliar 4
ASERRADERO
477 Distribución de madera 4
478 Auxiliar de Oficina 4
LANAS Y CUEROS
479 Sacar muestras representativas de lanas 4
480 Ayudante 3
481 Auxiliar de Oficina 4
RESTAURANT DE FÁBRICA
482 Auxiliar de Oficina 4
TRACTORES Y AUTOMÓVILES
483 Auxiliares de Oficina 4
SUPERINTENDENCIA GENERAL (SWIFT)
484 Taquígrafa (un idioma) 4
485 Taquígrafa (dos idiomas) 5
486 Dactilógrafa (un idioma) 3
487 Dactilógrafa (dos idiomas) 4
488 Archivistas 3
489 Centralización y manejo de sugestiones 5
490 Auxiliar de distribución de correspondencia y varios 4
491 Auxiliar de oficina - trabajos generales 4
492 Auxiliar de centralización y distribución de Instrucciones 4
493 Auxiliar de Análisis de costos de labor y estadísticas 6
494 Auxiliar de Análisis de costos de labor, eficiencia y sugestiones 6
495 Auxiliar 1º de Sección Técnica 5
496 Auxiliar 2º de Sección Técnica 4
497 Auxiliar de estadística e información técnica química 5
498 Auxiliar de estadística e información técnica de carnes conservadas 5
OFICINA DE DIBUJO Y CONSTRUCCIONES
499 Auxiliar de Dibujantes proyectistas e inspectores de obras en construcción 5
500 Auxiliar 1º de contralor de obras y presupuestos 6
501 Auxiliar 2º de contralor de obras y presupuestos 5
502 Dibujantes lineales 5
503 Dibujantes copistas 4
COCINA EXPERIMENTAL DE CARNES CONSERVADAS
504 Dactilógrafo (un idioma) 3
505 Auxiliar de contralor de pruebas y ensayos 5
SECCIÓN JABONERÍA
506 Auxiliar de Oficina 4
SEMILLAS
507 Auxiliar de Oficina 4
508 Recibidor de semilla 5
REFINERÍA DE ACEITE
509 Auxiliar de Oficina 4
TONELERÍA
510 Auxiliar de Oficina 4
ASERRADERO
511 Auxiliar de Oficina 4
SECADERO DE LECHE
512 Auxiliar de Oficina 4
CREMERÍA
513 Auxiliar de Oficina 4
CAMIONES
514 Auxiliar de Oficina 4
VENTAS SUB-PRODUCTOS
515 Distribuir órdenes de productos, revisar informes, llevar record de producción y existencia 6
516 Revisar informes de producción de triperías, estadísticas, despacho 4
de órdenes de sucursales
VENTAS PRODUCTOS DE GRANJA
517 Prueba de leche deshidratada inspección, copilación de informes 6
518 Probar muestras de manteca, inspección, estadística 5
519 Manejo y cuidado asuntos cerdos en cremerías, despacho de caseína y pedido de suministros 5
520 Copista de liquidación de aves, atención reclamos y estadísticas 4
VENTAS DE CARNES Y CONSERVAS
521 Nomenclaturas, etiquetas, marcas, pruebas y costos reglamentos Junta
N. de Carnes 6
522 Distribución de órdenes para exportación, vigilancia de embarques, stock, estadísticas. Carne sola Inspección Conservas de Carnes y especialidades 6
523 Distribución de órdenes para exportación, vigilancia de embarques, stock, estadísticas. Carne solamente 6
524 Auxiliar de 1º 5
525 Auxiliar de 2º 4
526 Auxiliar para plan de siembra y cosecha de frutas y vegetales 4
VENTAS JABÓN
527 Estadísticas, reclamos, estimados de costos y órdenes locales 5
VENTAS PRODUCTOS DE CERDOS
528 Distribución de órdenes de producción de especialidades, vigilancia de despacho, stocks, inspección 6
529 Distribución de órdenes de producción de carnes frescas, congeladas y curadas 5
530 Distribución de órdenes de producción de grasas y sebos, vigilancia de despacho 4
COMPRAS DE HACIENDA - SWIFT ROSARIO
533 Auxiliar principal de Oficina 6
534 Verificar pesos de haciendas y hacer planillas de compras 4
SECCIÓN COMPRAS
533 Auxiliar para compras de maderas, hierro y accesorios 6
534 Auxiliar para compras de maquinarias nacionales, fundiciones, reparaciones, litografías y pedidos al exterior 6
535 Auxiliar para compras de artículos de laboratorio, repuestos de automóviles y camiones, medicinas, comestibles y llevar fichero 5
VENTAS ACEITE COMESTIBLE
536 Asignación de cuotas a recibidores de semillas por zonas, cotejo de semilla recibida, comprar arroz zona Santa Fe, adjudicación de bolsas vacías y control de muestras de arroz 6
537 Auxiliar 1º 5
538 Auxiliar 2º 4
539 Distribuir órdenes de sucursales, órdenes de despacho, preparar programas de envase, reclamos de sucursales 6
540 Confección de partes diarios de semillas y estadísticas de recibidores y análisis 4
TRANSPORTES
541 Coordinador general de transportes por ferrocarril 6
542 Coordinador general de transportes fluviales 6
543 Coordinador general de transportes por camión 6
544 Cotejar facturas de despacho, anotar números de guías en pedidos, atender despacho de órdenes por vía fluvial 4
545 Auxiliar del anterior 3
MADERAS TERCIADAS Y COLA
546 Auxiliar de Oficina 4
OFICINA DE TIEMPO
547 Atender máquina franqueadora (jubilación) 4
548 Atender máquina franqueadora (postal) 3
BEEF DESK - SWIFT
549 Auxiliar principal para la clasificación de carnes y subproductos y Coordinador de instrucciones 6
550 Controlar cortes de acuerdo a instrucciones, controlar órdenes de venta y estadísticas de existencias y ventas 5
551 Auxiliar del trabajo arriba mencionado 4
552 Recibir órdenes de venta por teléfono - Dactilógrafo (Idiomas) 4
IMPRENTA Y PAPELERÍA
553 Auxiliar Control de producción y costos 5
554 Auxiliar Control compra papelería y existencias 5
555 Auxiliar (de los trabajos arriba mencionados) calculista 4
556 Auxiliar para trabajos menores 3
PESADORES
557 Pesador Playa Vacunos 5
558 Pesador Playa Lanares 5
559 Pesador Playa Cerdos 4
560 Pesador Cueros Vacunos frescos 4
561 Pesador Abasto 4
562 Pesador Provisiones 4
563 Pesador Recepción 4
564 Pesador Expedición 4
565 Pesador y Control de Embarque 4
566 Pesador de producción individual o por mesa para el pago de destajo 4
567 Demás pesadores de producción e interdepartamentales 4
JUBILACIONES
568 Confección de fichas y formularios para personal ingresado 4
569 Correspondencias interpatronales e institutos oficiales sobre libretas 4
570 Confección de planillas auxiliares para computar horas e importes para liquidación final 4
571 Liquidación de los aportes jubilatorios individuales 5
572 Balance y resumen general de aportes y remuneraciones en planilla 6
573 Atender máquina franqueadora y contabilización de aportes 5
574 Asesoría general de trámites de Jubilaciones y pensiones para o ante el Instituto 5
575 Certificación de Servicios 5
576 Certificados y solicitudes de préstamos para las Cajas de Inversiones y/o control de Préstamos 5
577 Liquidación en planillas de Sueldos y Jornales y confección de planillas ley 5179 de la Provincia de Buenos Aires (Policlínicos) 5
578 Confección de planillas ley 5179 de la Provincia de Buenos Aires (Policlínicos) 4
ENFERMEDADES
579 Recepción, control y registro de avisos y visitas médicas 4
580 Control de períodos diagnósticos y/o certificados médicos 5
581 Preparación y confección formularios para autorización de pagos 5
582 Liquidación de jornales por enfermedad 6
583 Control de altas 5
584 Estadísticas y reservas por balance 5
585 Obtención y revisación de promedios 5
CONTABILIDAD MECÁNICA A BASE DE PERFORACIÓN DE FICHAS
586 Codificación 3
587 Codificación y Ajuste de Análisis en General 4
588 Perforadora 4
589 Verificación de Perforación 4
590 Clasificadora 4
591 Multiplicadora 4
592 Reproductora-Multiperforadora 5
593 Tabuladora 5
594 Diagramar 6
FRIGORÍFICOS PATAGÓNICOS
CLASIFICACIÓN DE TAREAS
1 Arrear, embretar, en la manga SC
2 Agarradores, maneadores C
3 Descolgador SC
4 Degollador C
5 Hacer frente SC
6 Empujar reses a cinta PP
7 Empujar reses sobre riel PP
8 Juntar patitas PP
9 Barrer sangre PP
10 Carniceros (en banquitos) Garreadores Bajadores E (1)
11 Poner roldanas para carniceros PP
12 Poner reses en la noria PP
13 Sacar cueros de los carniceros y tirar abajo PP
14 Sacar menudos de los carniceros y tirar abajo PP
15 Traer roldanas para carniceros PP
16 Limpiar piso y sacar grasa PP
17 Sacar riñones y riñonadas SC
18 Cortar cabezas SC
19 Cortar miembros SC
20 Abrir hueso de pecho SC
21 Bajar telas SC
22 Bajar tripas SC
23 Bajar panzas SC
24 Sacar hígados PP
25 Bajar menudos SC
26 Cortar vergas, cortar ubres SC
27 Cortar cartílagos de pecho SC
28 Escurrir venas PP
29 Salvar glándulas suprarrenales PP
30 Salvar testículos PP
31 Zorreros SC
32 Lavar reses PP
33 Secar reses con trapos PP
34 Inspeccionar glándulas SC
35 Marcar clasificación PP
36 Marcar "Argentina" PP
37 Recortar res con cuchillo SC
38 Colocar palitos PP
39 Colocar hilos cogote y paleta PP
40 Colgar en riel alto SC
41 Poner res en balanza y cantar clase SC
42 Sacar roldanas de riel y poner en carro PP
43 Sacar fichas y colocar en ficheros PP
44 Colocar en faroles y empujar PP
45 Limpiar ganchitos SC
46 Lavar trapos PP
47 Poner faroles en el riel PP
48 Clasificando grado (hacer cambios de un riel a otro) SC
49 Alimentar cinta PP
MENUDENCIAS
50 Sacar lenguas de las cabezas SC
51 Lavar lenguas PP
52 Clasificar y repasar lenguas SC
53 Sancochar y recortar lenguas SC
54 Recortar lenguas para exportación SC
55 Colocar lenguas en moldes SC
56 Abrir cabezas y sacar sesos SC
57 Lavar y clasificar sesos SC
58 Colocar sesos en moldes SC
59 Salvar glándulas pituitarias SC
60 Recortar menudos SC
61 Recortar hígados SC
62 Salvar carne de quijadas SC
63 Salvar glándulas tiroides SC
64 Salvar glándulas suprarrenales SC
65 Salvar glándulas pancreáticas SC
66 Lavar, inspeccionar, pesar, colocar en moldes hígados, corazones y riñones SC
67 Acarrear productos en zorra PP
68 Charquear panzas SC
69 Salvar ovarios SC
70 Lavar y salvar chinchulines PP
TRIPERÍA DE LANARES
71 Sacar tripas SC
72 Escurrir tripas SC
73 Planchadores SC
74 Repasar SC
75 Medir tripas SC
76 Atender máquinas SC
77 Juntar hilos SC
78 Hacer madejas SC
79 Salar tripas SC
80 Lavar tripones PP
81 Lavar grasas PP
82 Lavar tripas PP
83 Lavar panzas en cilindro PP
84 Sacar tripones SC
85 Repartir tripones en la mesa PP
86 Envasar tripas SC
87 Limpieza PP
CUEROS
88 Entregar cueros a los descarnadores PP
89 Descarnar E
90 Lavar cogotes PP
91 Acarrear a los barales PP
92 Repartir cueros PP
93 Colgar en los barales PP
94 Poner alambre en las garras PP
95 Dar vuelta cueros y abrir garras PP
96 Revisar garrones 2º y 3º días SC
97 Sacar cueros de barales PP
98 Acarrear cueros al galpón PP
99 Estibar cueros en galpón PP
100 Mover pilas periódicamente PP
101 Inspeccionar y recortar cueros SC
102 Clasificar C
103 Llevar cueros a prensa PP
104 Contar cueros y separar CAP SC
105 Enfardar cueros SC
106 Marcar fardos SC
107 Recoger alambres del piso PP
108 Preparar arcos para fardos SC
109 Preparar solución con arsénico SC
110 Desinfectar con arsénico SC
111 Barrer y limpieza PP
BOLSAS Y CAJONES (ALMACENES)
112 Marcar bolsas SC
113 Armar cajones SC
114 Marcar cajones SC
115 Entregar mercaderías SC
116 Cortar hilo sisal según medidas SC
117 Atar hilos PP
DESPOSTADA
118 Marcar espinazo SC
119 Descoyuntar C
120 Desmantar C
121 Despostar sobre la mesa C
122 Colgar en faroles PP
123 Empujar faroles PP
124 Sacar nervios SC
125 Sacar entrañas SC
126 Bajar vacíos SC
127 Preparar cortes C
128 Alimentar mesas PP
129 Control de huesos SC
130 Hachar esqueletos SC
131 Acarrear huesos PP
132 Pesar y acarrear carne SC
133 Colocar carne en moldes, pesar y engrasar bandejas SC
134 Acarrear a cámaras PP
135 Limpieza PP
GRASERÍA
136 Inspeccionar productos y volcar SC
137 Atender elevador SC
138 Cocinero de noche SC
139 Cocinero de día SC
140 Marcar cascos SC
141 Empipar SC
142 Sacar muestras SC
143 Llevar cascos a depósito PP
144 Atender desgrasadores SC
145 Sacar y arrojar tankage al mar PP
TONELERÍA
146 Tonelero (armar cascos) E
147 Tonelero (arreglar cascos usados) E
148 Ayudante (traer material y ayudar) SC
SALA DE MÁQUINAS Y CALDERAS
149 Maquinista E
150 Foguista CC
151 Engrasador C
152 Carboneros PP
LAVADERO
153 Lavadero SC
154 Ayudante SC
SERENOS
LIMPIEZA DE CALLES
155 Limpiar viviendas y servicios PP
DESCARGA DE CARBÓN
156 Peones en la pila PP
AUTOMÓVILES
157 Chauffeurs C
RESTAURANTE
158 Cocinero E
159 Chuletero SC
160 Segundo Cocinero C
161 Mozos SC
162 Mucamo SC
163 Peón de cocina PP
CÁMARAS
164 Empujar faroles a cámaras PP
165 Telescopear-Trabajo de cortar SC
166 Otras operaciones PP
167 Embolsar PP
168 Poner hilos en vacío PP
169 Bajar capones a depósito PP
170 Estibar en cámaras SC
171 Colocar bandejas sobre cañería de congelación PP
172 Enmoldar productos SC
173 Despegar productos congelados de bandejas PP
174 Embolsar recortes o bloques PP
175 Embolsar, empaquetar, coser y marcar bultos SC
176 Pesador SC
177 Despachar órdenes SC
178 Sacar faroles y roldanas de las cámaras PP
179 Encajonar clavar y alambrar SC
180 Preparar moldes para bloques PP
181 Limpieza y acarreo PP
ACUERDOS COMPLEMENTARIOS
ACUERDO 29/3/1974
EXPEDIENTE 527.816/73
En la Ciudad de Buenos Aires a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cuatro se reúnen los miembros de la COMISIÓN PARITARIA CENTRAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE, bajo la presidencia del funcionario actuante D. Ello Alberto PELLE, haciéndolo por el sector empresario los señores: Jorge DE LA CUADRA, Germán ALONSO, Miguel BUFFA, Juan CABRERA, Eduardo PINCHETTI, Pablo RAGONA, Hugo ÁLVAREZ, Néstor PÉREZ, Luis D'ABRILE y Abel OCERIN, y por el sector sindical los señores: Constantino ZORILA, Ernesto ESCALADA, Abel JACA, Guido BOERI, Abel ARIAS, Roberto CROVELLA y Héctor GUANA.
Abierto el acto por el funcionario actuante se deja constancia de la presencia del Dr. Domingo BACIGALUPO por el sector empresario, y también el Dr. Pedro J. LAWSON por el mismo sector.
En uso de la palabra ambas representaciones manifiestan: Que luego de numerosas y prolongadas reuniones han llegado a un acuerdo definitivo en lo que concierne al quehacer confiado a esta Comisión en materia de categorización y confección del nomenclador de tareas de la Industria, con lo que se da por terminado el cometido que prescriben los artículos 3 y 51, inciso c) de la convención colectiva de trabajo 184/1973, de conformidad con las siguientes conclusiones:
CATEGORIZACIÓN:
PRIMERO: Se establece la categoría del operario inicial, en la que revistarán todos los obreros que ingresen a trabajar en tareas de peón práctico o ayudante (o sea lo que antes de este acuerdo eran peones). Luego de desempeñarse en forma continuada durante un año en esa categoría el trabajador revistará automáticamente la de peón práctico, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la convención colectiva de trabajo en vigencia.
SEGUNDO: Asimismo se crea una categoría de empleado inicial, a la que accederán todos los que ingresen en los establecimientos en tareas de tercera categoría (Rafaela tercera categoría), (o sea las que antes de este acuerdo eran de segunda categoría) (Rafaela cuarta categoría). Luego de un año de desempeño continuo pasarán a revistar en tercera categoría.
TERCERO: Todo trabajador que a la fecha de la presente se desempeñe como peón o empleado de 2º categoría, revistará como consecuencia de la reclasificación de tareas efectuadas, en la categoría de peón práctico, ayudante o empleado de 3º categoría según corresponda.
CUARTO: En las tablas salariales adjuntas y que forman parte de este acuerdo se determina la categorización que se aplicará a las distintas ramas profesionales de la industria (personal obrero de producción, de ingeniería, oficios y de empleados) y los salarios correspondientes a los mismos, que serán de aplicación, según corresponda en los distintos establecimientos comprendidos en la convención colectiva 184/1973.
Se aclara que los salarios establecidos por este acuerdo son los mismos que se fijan en la convención colectiva 184/1973, con excepción del operario y empleado inicial, que no llevan escala de antigüedad y del desdoblamiento de la última categoría, que tendrá la misma diferencia numérica existente entre las categorías inmediatas anteriores. Con relación al salario para el operario y empleado inicial el mismo es el que corresponde al inicial en las actuales escalas salariales. Los problemas que se susciten en relación a la aplicación o interpretación de este acuerdo serán de competencia exclusiva de esta Comisión Paritaria Central.
NOMENCLADOR DE TAREAS:
Se agregan los nomencladores que contienen las reclasificaciones aprobadas que se aplicarán según corresponda en los establecimientos arriba indicados.
VIGENCIA:
La presente categorización y reclasificación entrará en vigencia en el día de la fecha, pero el pago al personal y los beneficios que el mismo involucra se efectuará a partir del 1 de abril del año en curso.
El sector empresarial manifiesta que ha legado a este acuerdo en la inteligencia que el mismo no afecta el contenido del Acta de Compromiso Nacional.
En este estado la Comisión Paritaria Central solicita la pertinente homologación de la categorización y reclasificación mencionada precedentemente y que se agrega a continuación por ser parte integrante de la convención colectiva de trabajo 184/1973.
No siendo para más se da por terminada la reunión, fijándose nueva reunión para el día 5 de abril del corriente año a las
11.30 horas quedando los señores miembros debidamente notificados de la misma. Con lo que se dio por terminado el acto.
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