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Suspensión del Contrato de Trabajo. e) Suspensión precautoria o cautelar:
Es una suspensión que no está contemplada en la Ley de Contrato de Trabajo pero que surge de los usos y costumbres. Consiste en la posibilidad del empleador de suspender para efectuar un sumario o una investigación sobre el acaecimiento de un hecho cometido, supuestamente por el trabajador, que puede constituir injuria.
El plazo de suspensión debe ser breve, respetarse el derecho de defensa del trabajador (se debe dar vista a fin de que efectúe su descargo) y, para resultar justificada, se debe acreditar efectivamente la gravedad de la falta cometida que amerite una sanción de suspensión o inclusive el despido.
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