Me pueden despedir con causa del trabajo estando en cuarentena por coronavirus.
Cuidado si es con causa te pueden despedir.
En se caso es muy importante que te contactes con un abogado laboral para que evalué si la causa invocada por el empleador cumple con los requisitos establecidos en el art 243 de la ley de contrato de trabajo.
El Gobierno prohibió los despidos y suspensiones desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo de 2020. Específicamente prohíben “los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días".
Con respecto a despidos y suspensiones que se hayan efectuado “en violación de lo dispuesto en el presente decreto, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.
Ante cualquier duda consulta a nuestros abogados laborales.
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Legislación Laboral
- Decreto 886/2021 Emergencia Pública en Materia Ocupacional
- Decreto 413/2021. Prohibición de despido hasta el 31 de diciembre de 2021.
- DNU 487/2020. Prórroga de la prohibición de despidos por 60 días
- Reingreso del trabajador. Deducción de las indemnizaciones percibidas. Art. 255. Ley de Contrato de trabajo.
- Resolución 359/2020 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL