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Doble indemnización por despido, antecedente del año 2002. Jurisprudencia

Despido indirecto procedencia de la doble indemnización según antecedente del año 2002 ante similar norma art. 16 de la ley 25561)

Indemnización por despido. Ley 25561 art. 16. Despido indirecto. Procedencia. La sanción revista en el art. 16 de la ley 25561 para los despidos incausados, también resulta aplicable a los supuestos en que el vínculo laboral se extinguió por decisión del dependiente, ello en tanto deben ponderarse los incumplimientos patronales que justificaron plenamente tal proceder. Propiciar una solución contraria daría lugar a situaciones no deseadas por el legislador, en donde bastaría que los empleadores se abstengan de adoptar la decisión de despedir, a fin de evitar tener que afrontar el pago indemnizatorio duplicado que impone la norma legal en cuestión, e impulsar a los trabajadores a tolerar incumplimientos patronales o adoptar ellos mismos la decisión rescisoria, reasignando, de tal modo la percepción de la mencionada multa, cuya creación legislativa no fue otra que la de desalentar los despidos con el fin de proteger las relaciones laborales existentes en el marco de una situación económica preocupante. CNAT Sala II Expte Nº 20678/02 Sent. 92324 25/2/04 "Ramirez, Darío C/ Vadelux S.A. s/ Despido" (G.- B)

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