Cuanto un trabajador es Viajante de Comercio o viajante vendedor?
"Viajante de comercio es aquel trabajador que personalmente y en forma habitual realiza operaciones mercantiles en nombre de uno o más comerciantes e industriales, relativas al negocio de sus representados conforme a órdenes e instrucciones de éstos, percibiendo por ello una remuneración (art. 1 de la ley 14546). En tal contexto merece encuadrarse la actividad de la actora quien vendía el producto de la demandada (en el caso Coca-Cola) a los clientes asignados por la empresa, controlaba las heladeras y exhibidores, comunicaba las promociones, atendía el merchandising en los diferentes puntos de venta etc. Para más, la misma tenía asignado un sueldo fijo más un complemento variable que se establecía de acuerdo a parámetros de cumplimiento personal y global. Porte- Guinourg "Ianotti, Viviana c/ Coca-Cola. Femsa de Buenos Aires S.A. S/ Despido" 16/02/01 CNAT Sala III"
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Legislación Laboral
- Decreto 886/2021 Emergencia Pública en Materia Ocupacional
- Decreto 413/2021. Prohibición de despido hasta el 31 de diciembre de 2021.
- DNU 487/2020. Prórroga de la prohibición de despidos por 60 días
- Reingreso del trabajador. Deducción de las indemnizaciones percibidas. Art. 255. Ley de Contrato de trabajo.
- Resolución 359/2020 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL