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Violencia laboral. Acoso. Motivo de disolución del contrato de trabajo.
El acoso supone una violencia sobre la mujer que esta intenta rechazar y da motivo a la disolución del contrato. Así lo entiende el art. 4 de la ley 26.485, cuando precisa que se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal (Del voto del Dr. Fernández Madrid).
CNAT Sala VI Expte Nº 1.181/08 Sent. Def. Nº 62.343 del 21/9/2010 “A., R.A c/Hipódromo Argentino de Palermo s/despido” (Fontana – Fernández Madrid).
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