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Contrato de trabajo. Constitución Nacional. Derechos y garantías. Discriminación. Igual remuneración por igual trabajo.
La garantía constitucional de ¨igual remuneración por igual tarea¨ (art. 14 bis de la Constitución Nacional) impide cualquier tipo de discriminaciones, salvo las fundadas en ¨causas objetivas¨, las que quedaron plasmadas en el texto del art. 81 de la ley de Contrato de Trabajo con posterioridad a la reforma que la ley 21.297 introdujo al texto de la ley 20.744 (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Jorge Antonio Bacqué). CSJN F. 249. XXI. “Fernández, Estrella c/ Sanatorio Güemes S.A.” - 23/08/1988 - T. 311, P. 1602
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