Violencia laboral. Ambiente de trabajo hostil. Persecución.
Debe considerarse que el ambiente en el que se desempeñaban los trabajadores era hostil, si en la empresa existía una grave y permanente persecución hacia ellos y otros trabajadores, quienes fueron discriminados por su activismo sindical, conductas que consistieron en traslados que no obedecieron a necesidades funcionales, a ambientes de trabajo carentes de seguridad y salubridad, cambios de horario injustificados y presiones psicológicas en procura de renuncia, con presencia de tropas de Gendarmería en los locales de trabajo durante un año recorriendo los ambientes, junto con la “seguridad” de la empresa que patrullaba también. A lo que además, se sumaba el aislamiento de los trabajadores díscolos mediante un paredón levantado a tal efecto, la presión para que aceptaran el traslado a otro edificio, la negativa de tareas, la confección de listas con los nombres de los que asistían a asambleas, amenazas de pérdida de empleo, etc. CNAT Sala VII Expte Nº 33.798/08 Sent. Def. Nº 45.495 del 28/6/2013 “B., F.J. M. c/Atento Argentina SA y otro s/despido” (Rodríguez Brunengo – Fontana).
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