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¿Cuándo puedo exigir que te paguen horas extras?

Cuando se trabajen más horas que las que se encuentran estipuladas en la jornada legal de trabajo, a saber:

- Jornada de trabajo diurno no podrá exceder de 8 horas diarias o 48 semanales.

- Jornada de trabajo nocturno no podrá exceder de 7 horas.

El empleador deberá abonar al trabajador que prestare servicios en horas suplementarias un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual, si se tratare de días comunes, y del 100% en días sábado después de las 13.00 horas, domingo y feriados.

 

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