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¿Por qué el pago de propinas no figura en mi recibo de sueldo? ¿Es considerado como pago en negro?
Puede ocurrir que el Convenio Colectivo de Trabajo que regula la actividad del trabajador prohíba la percepción de propinas. Tal es el caso del CCT 125/90, regula la actividad gastronómica, el cual prohíbe la percepción de propinas, aun cuando ello pueda resultar contrario a las costumbres socialmente admitidas.
Lo cierto es que cuando las propinas son controladas y distribuidas por el empleador, las mismas deben ser consideradas como remunerativas y figurar en el recibo de sueldo; de lo contrario será considerado como pago en negro.
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