
¿Cuál es el plazo máximo de las sanciones? ¿Qué ocurre si se excede el plazo?
- Las suspensiones debidas a falta o disminución de trabajo no imputables al empleador no podrán exceder de 30 días en 1 año, contados a partir de la primera suspensión.
- Las suspensiones por fuerza mayor debidamente comprobadas podrán extenderse hasta un plazo máximo de 75 días en el término de 1 año, contado desde la primera suspensión cualquiera sea el motivo de ésta.
Toda suspensión dispuesta por el empleador que excedan de los plazos fijados o en su conjunto y cualquiera fuese la causa que la motivare, de 90 días en 1 año, a partir de la primera suspensión y no aceptada por el trabajador, dará derecho a éste a considerarse despedido.
También, cuando el empleador no observare las disposiciones sobre justas causas, plazo determinado y notificación por escrito, en el caso de sanciones disciplinarias, el trabajador tendrá derecho a percibir la remuneración por todo el tiempo que estuviere suspendido siempre que hubiere impugnado la suspensión.
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