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¿Qué ocurre si el trabajador está en condiciones de jubilarse?
Cuando el trabajador reuniere los requisitos necesarios para obtener el beneficio jubilatorio, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes extendiéndole los certificados de servicios y demás documentación necesaria a esos fines.
A partir de ese momento el empleador deberá mantener la relación de trabajo hasta que el trabajador obtenga el beneficio y por un plazo máximo de 1 año.
El plazo no se inicia hasta que no hagan entrega de los certificados de servicios y remuneraciones establecido en el art. 80 de la LCT
Concedido el beneficio, o vencido el plazo de un año, el contrato de trabajo quedará extinguido sin obligación para el empleador del pago de la indemnización por antigüedad.
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