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Consultas laborales

Despidos

¿Qué ocurre si el despido obedece a falta o disminución de trabajo?

En los casos en que el despido fuese dispuesto por causa por falta o disminución de trabajo no imputable al empleador fehacientemente justificada, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente a la mitad de la indemnización por antigüedad.

En tales casos el despido deberá comenzar por el personal menos antiguo dentro de cada especialidad.

Respecto del personal ingresado en un mismo semestre, deberá comenzarse por el que tuviere menos cargas de familia, aunque con ello se alterara el orden de antigüedad.

 

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